Un banco deberá abonar 24.300 euros a un cliente que perdió el 65,42% de su inversión

La información que recibió «no fue ni suficiente ni adecuada para su perfil inversor, que era perfectamente conocido por la entidad de crédito», según la sentencia

En el test de idoneidad se calificaba al cliente con un perfil de inversor conservado ADOBESTOCK

EFE

El Banco Santander deberá abonar a una empresa la cantidad de 24.300 euros al declarar probado que perdió el 65,42 por ciento de su inversión porque la información que recibió "no fue ni suficiente ni adecuada para su perfil inversor, que era perfectamente conocido por la entidad de crédito". La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima así el recurso que la empresa "P., S.L." presentó contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Murcia, que desestimó su demanda y absolvió al banco demandado.

El juzgado partió de que el legal representante de la sociedad tenía capacidad para conocer el alcance de los riesgos de la operación por haber desarrollado funciones de gestión entre los años 2007 y 2015 en diez sociedades y porque antes había contratado otros productos de inversión de renta variable. Además, tuvo en cuenta que el producto contratado, para el juez, no presentaba ninguna complejidad u oscuridad.

La Sala de la Audiencia, al estimar el recurso, comenta que se desconoce, pues o consta dato alguno en las actuaciones que así lo determine, qué capacitación profesional tiene el legal representante de la citada sociedad.

Y añade que "no se sabe si dicho legal representante tiene alguna formación académica o profesional en el mundo de la inversión financiera, sin que se pueda presumir dicho aspecto, que debe quedar acreditado por la parte demandada, que es la que alega la existencia de información adecuada en relación a los conocimientos previos del mismo".

Señala la sentencia que el pretendido conocimiento y experiencia inversora contrasta abiertamente con el propio contenido del test de idoneidad , en el que se califica al cliente con un perfil de inversor conservador, lo que indica que solo asume riesgos y pérdidas muy bajas a corto plazo.

El tribunal, que tiene como ponente al presidente de la Audiencia, el magistrado Miguel Ángel Larrosa, concluye que "resulta indiscutible que el producto ofrecido en modo alguno se ajustaba al perfil inversor del cliente, lo que supone una información limitada y no individualizada, a lo que hay que añadir la incorrecta calificación del producto financiero ofertado".

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación