Un juzgado de Madrid

Multan a Teresa Rodríguez a pagar 5.000 euros por un tuit contra Utrera Molina

La familia del exministro franquista denunció a la líder de Podemos en Andalucía por vulneración del honor

La líder de Podemos en Andalucía, Teresa Rodríguez Juan Flores

J. Díaz

El Juzgado de Primera Instancia número 50 de Madrid ha condenado a la líder de Podemos Andalucía, Teresa Rodríguez , al pago de una multa de 5.000 euros por vulnerar el derecho al honor de José Utrera Molina , dirigente franquista fallecido en 2017, por un tuit que escribió el año pasado sobre el que fuera ministro de Vivienda del régimen.

Rodríguez, en el comentario escrito en su perfil oficial de la red social Twitter , atribuía a Utrera Molina responsabilidad por la condena y ejecución de la pena de muerte a garrote vil del anarquista catalán Salvador Puig Antich en 1974 , el último ajusticiado por este sistema en la dictadura.

La líder andaluza de la formación de Pablo Iglesias escribió el tuit el 2 de marzo de 2018, coincidiendo con el aniversario de la ejecución de Puig Antich: «Hoy hace 44 años de la ejecución a garrote vil de Salvador Puig Antich. De entre los responsables de su asesinato, Fraga fundó el PP y Utrera Molina fue enterrado al son del Cara al Sol por miembros del mismo partido. Ellos siguen. Nosotros, también». Otros políticos como el diputado de ERC Gabriel Rufián y el exdirigente de Podemos en Toledo Alfredo Díaz-Cardiel también tuitearon mensajes parecidos en sus respectivas cuentas.

A todos ellos, los ocho hijos de Utrera Molina, suegro del exministro Alberto Ruiz Gallardón , les denunciaron por la vía civil reclamándoles una indemnización de 10.000 euros y la eliminación de los tuits al considerarlos una intromisión ilegítima del derecho al honor y la imagen del político franquista nacido en Málaga.

En su momento, Teresa Rodríguez afirmó que sería un « nefasto precedente » que fuera condenada por ejercer su libertad de expresión política siendo como es una representante en el Parlamento andaluz. Y esto es lo que ha ocurrido ahora.

Gabriel Rufián no tendrá que pagar

El Juzgado de Primera Instancia número 50 de Madrid condena a Teresa Rodríguez y Alfredo Díaz-Cardiel a eliminar dichos tuits y a la publicación de la sentencia en la misma red social, debiendo abonar además la cantidad de 5.000 euros cada uno de ellos. El tribunal, de otro lado, desestima la demanda contra Gabriel Rufián.

En la sentencia , a la que ha tenido acceso ABC, se recoge que la representación procesal de Rodríguez se opuso a la demanda porque su intención con el comentario en Twitter fue «realizar una crítica política » y atribuir al padre de los demandantes «una responsabilidad política en la ejecución» de Puig Antich, «al no haber ejercido la prerrogativa de gracia tras haber sido dictada la sentencia de condena a pena de muerte».

Tras exponer una larga jurisprudencia y entrando a valorar el comentario de Teresa Rodríguez, la juez señala que la dirigente de la formación de Pablo Iglesias, en su tuit, « hace responsable de un asesinato» a Utrera Molina .

El Tribunal Supremo establece que un elemento fundamental para decantarse, en un conflicto de derechos, a favor de la protección del derecho al honor es el relativo a las circunstancias en que se producen las manifestaciones y en este caso Rodríguez puso su tuit el 2 de marzo del 2018, esto es, cuando no había transcurrido ni un año desde la fecha del fallecimiento del exministro franquista.

Para la juez no puede tildarse de asesino a Utrera Molina por el hecho de que no se aplicara la medida de gracia del indulto por el gobierno al que pertenecía, por lo que « no es admisible la utilización » del término de asesino, a tenor de una responsabilidad que, en su caso, podría considerarse política atendiendo a la Ley de Memoria Histórica de 2007.

Cuando se dictó la sentencia a muerte era de aplicación el ordenamiento jurídico vigente y por tanto el cambio normativo posterior no puede justificar la imputación de un delito a quien entonces se ajustaba a la legislación en vigencia. «Hacer responsable de un asesinato y manifestar, por consiguiente que el padre de los demandantes es un asesino, implica una intromisión en el derecho al honor».

En similares términos se expresa la juez con respecto a los tuis del otro dirigente de Podemos Alfredo Díaz-Cardiel. Sin embargo, desestima la demanda contra el dirigente indepedentista Gabriel Rufián.

Aunque Rufián imputa a Utrera Molina la condena de Puig Antich, lo que es una «absoluta imprecisión», no se puede concluir con certeza que la intención de los tuits de este dirigente catalán fuera atentar contra el honor del exministro franquista y que excedan del ámbito protegido por la libertad de expresión .

La juez concluye que Rodríguez y Díaz-Cardiel pusieron tuits que suponen « una expresión vejatoria , y no cabe considerarse que estén amparadas por la libertad de expresión, no debiendo desconocerse, tal y como se ha señalado, que la concesión de una medida de gracia no es una obligación sino una prerrogativa». Por ello, procede la condena a los mismos a cesar en la publicación de dichos tuits, eliminando de su cuenta de Twitter los mismos y condenado a la publicación de la Sentencia en la red social de Twitter, sin que proceda la condena a la publicación en un periódico en formato de papel, atendiendo a que la difusión se ha producido a través de dicha red social.

Desde Podemos Andalucía se ha señalado a ABC que la líder de la formación morada en la comunidad recurrirán dicho fallo , que no es firme. En un comunicado, Rodríguez ha asegurado que se mantendrá siempre firme en la defensa de la libertad de expresión «tanto para mí como para toda la ciudadanía».

Según han explicado los asesores jurídicos de esta formación política, la sentencia vulnera el derecho a la libertad de expresión de Teresa Rodríguez, la cual conlleva poder criticar las actuaciones políticas, entre ellas las condenas a muerte de la dictadura. Asimismo, indican que la resolución se aleja de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Constitucional y el Tribunal europeo de Derechos Humanos en materia de derechos fundamentales.

Por último, desde Podemos Andalucía se mantiene que el señor Utrera Molina es « directamente responsable -en términos políticos- de la ejecución de Puig Antich, y por tanto la afirmación de su responsabilidad es plenamente veraz como así lo piensan en los juzgados de Argentina donde se le llegó a investigar por dicha muerte».

Demanda de la familia

En la demanda que la familia Utrera Molina presentó ante el juzgado de Primera Instancia y a la que tuvo acceso este periódico, se dice que es « público y notorio » que Utrera Molina «mantuvo hasta el final sus convicciones políticas falangistas y su lealtad al régimen político en el que sirvió a España desde distintos puestos de gobierno». En su entierro en Nerja en 2017 hubo cánticos del «Cara al Sol» por los que hubo una investigación en aplicación de la ley de Memoria Histórica.

Los hijos aludían a que Utrera Molina recibió en vida numerosas críticas por su posición política, si bien entienden que entraban dentro del derecho a la libertad de expresión. Algo que no estiman que ocurre con los tuits de Teresa Rodríguez y los otros dos demandados al considerar que propagan en la red social «falsas acusaciones», «distorsión de la realidad» e «insidias difamantes» del ministro franquista. Consideran que es « absolutamente falso » que Utrera Molina hubiera condenado a muerte a Puig Antich o participado de su «asesinato» «basándose para ello en el único hecho» de ser «miembro del Consejo de Ministros del reino de España al tiempo que se produjera el procesamiento, sentencia judicial y ejecución de la pena de muerte de Salvador Puig Antich».

El escrito argumentaba que Utrera Molina « carecía de competencias , tanto para enjuiciar delito alguno como para ordenar o impedir la ejecución de la pena impuesta por los tribunales de justicia del momento».

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