Caso ERE Andalucía

Dos años y medio de una investigación clave de los ERE pueden anularse por un error de la juez Núñez

A la magistrada se le pasó el plazo legal sin citar a declarar a investigados en la causa de la Sierra Norte de Sevilla que recibió 34 millones

La juez Núñez Bolaños, este lunes en la concentración de jueces y fiscales en Sevilla M J López

A. R. Vega

Dos años y medio de investigación de una de las piezas más relevantes de la macrocausa penal de los ERE pueden irse al traste por un fallo en la instrucción de la juez María Núñez Bolaños . Se trata de la causa que afecta al entramado de empresas de la Sierra Norte de Sevilla creado por José María Sayago y José Enrique Rosendo , ya fallecido, que recibieron 34 millones de euros en ayudas «ilícitas» de la Consejería de Empleo.

Todas las actuaciones pueden ser anuladas. En la práctica, significa que toda la causa volvería al punto de partida. Se habrían perdido dos años y medio de instrucción, con el riesgo de prescripción que ello entraña si se acredita que han pasado más de diez años desde que la Junta de Andalucía concedió algunas de las subvenciones «ilícitas» al entramado de los exconcejales socialistas de El Pedroso, el plazo impuesto por la Audiencia de Sevilla para decretar el archivo de las actuaciones. Si la anulación se produce, todo el proceso se retrotraería al momento en el que la juez abrió la pieza de la Sierra Norte de Sevilla desgajándola de la macrocausa original de los ERE. El auto de incoación es del 14 de abril de 2016.

Está en el aire la causa de un entramado empresarial que recibió 34 millones de euros en ayudas irregulares

¿Qué es lo que ha pasado? El error parte de que la titular del juzgado de Instrucción número seis de Sevilla acordó la apertura de la pieza pero no tuvo en cuenta todas las diligencias realizadas con anterioridad y tampoco citó a declarar a algunos investigados, en el plazo máximo de 18 meses , por lo que se podría haber vulnerado su derecho de defensa. Es decir, Núñez formó una causa vacía de contenido, sin incluir en ella las pruebas y documentos recabados por la anterior instructora, Mercedes Alaya, sobre el citado entramado empresarial.

Dos investigados, que pidieron declarar una vez vencido el plazo legal, solicitan el archivo de las causas contra ellos. Pero la instructora avanza que no va a estudiar su petición hasta que resuelva sobre la posible nulidad. Se trata de dos exdirectivos del Grupo Barbadillo, que compró más del 70 por ciento de las acciones de Matadero de Sierra Morena , ubicado en El Pedroso (Sevilla), «entidad emblemática» del «tándem» formado por José Enrique Rosendo y José María Sayago «y la que más subvenciones había recibido de la Junta», según indicó la juez.

La juez no practicó las diligencias que debía en el plazo legal de 18 meses (el límite temporal para las causas denominadas complejas) ni tampoco acordó prorrogarlo ni llamó a declarar a algunos investigados . A la vista de que no había llamado a algunos investigados y para salvar al menos las actuaciones llevadas a cabo, el 6 de marzo pasado la Fiscalía Anticorrupción solicitó que se diera por concluida la instrucción para enviarla cuanto antes a la Audiencia de Sevilla para su enjuiciamiento. Pidió lo mismo hasta en dos ocasiones más, pero sus deseos cayeron en saco roto.

El 13 de abril pasado volvió a pedir lo mismo, mediante otro escrito remitido al juzgado, para que se cerrara el procedimiento «a la mayor celeridad». El 28 de junio el ministerio público reclamó a la magistrada que incorporara a la pieza abundante documentación: el informe de los peritos judiciales; las declaraciones de Rosendo y Sayago y los documentos de la ayuda para dar por finalizada la instrucción. Pero la juez hace caso omiso a las tres peticiones.

En la citada providencia del 14 de noviembre, la juez reconoce que hay personas investigadas que «no han sido llamadas» a declarar. «Es por ello que pudiendo incurrir la instrucción en nulidad con vulneración del derecho de defensa », invita a las partes a realizar sus «alegaciones sobre la posible nulidad de actuaciones desde el mismo auto de incoación».

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