ANDALUCÍA

El «abuso» de los ERE suma ya 16 condenas y un daño de 12 millones

El Tribunal de Cuentas responsabiliza a tres exdirector por una conducta «negligente»

La sentencia del caso ERE en Andalucía | En directo

Manuel Chaves y José Antonio Griñán, procesados por los ERE junto a seis exconsejeros y trece ex altos cargos ABC

A. R. Vega

Para el Tribunal de Cuentas es un hecho que no admite duda que el caso ERE dio lugar a «un abuso» en el manejo de los fondos públicos por la forma «arbitraria» con la que se repartieron ayudas a empresas en crisis. El órgano fiscalizador ha dictado ya 16 sentencias de condena contra antiguos directores de Trabajo de la Junta de Andalucía por conceder o pagar subvenciones excepcionales y contra distintas entidades beneficiarias de las mismas. En estas resoluciones que han emitido tanto el departamento de enjuiciamiento como la sala de justicia del tribunal se les condena como responsables contables directos a devolver a las arcas públicas hasta 11,84 millones de euros, intereses incluidos, tras concluir que existió un menoscabo de los fondos públicos, como defienden los letrados de la Junta de Andalucía y la propia Fiscalía. De esta cuantía, casi la mitad corresponde a las siete ayudas concedidas a Astilleros de Sevilla. Tanto esta sociedad como el exdirector general de Trabajo Daniel Alberto Rivera son condenados como responsables contables directos por ocasionar un daño a las arcas públicas de 5,19 millones de euros.

Esta investigación es paralela a la que lleva a cabo el Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla, que trata de determinar en este caso la responsabilidad penal en el fraude de los ERE. El primer juicio de esta macrocausa quedó visto para sentencia en diciembre de 2018 después de 152 sesiones. El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla juzgó a los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán por crear o mantener un sistema «totalmente opaco» de ayudas públicas con 741 millones para empresas en crisis durante una década (2001-2010), por la que fueron procesados junto a seis exconsejeros y 13 ex altos cargos de sus gobiernos.

Culpables

El Tribunal de Cuentas, en cambio, señala a los culpables desde un punto de vista contable por el reparto de 270 ayudas. En distintas sentencias consultadas por ABC pone el listón de la responsabilidad en la Dirección General de Trabajo de la Consejería deEmpleo, que manejaba la partida presupuestaria 31L con la que se abonaban las ayudas. Dependiendo de su grado de participación en cada una de las subvenciones enjuiciadas, las condenas afectan a Francisco Javier Guerrero Benítez, que ocupó el cargo entre 1999 y 2008, Juan Márquez Contreras (2008-2010) y Daniel Alberto Rivera Gómez (2010-2012). El Tribunal de Cuentas considera que tuvieron una «conducta gravemente negligente».

De 17 sentencias dictadas, 16 han sido condenatorias y una ha sido archivada porque había prescrito la responsabilidad contable. El departamento segundo de enjuiciamiento determinó que había caducado la responsabilidad contable de tres ayudas por importe total de 1.803.036 euros para la financiación de planes de viabilidad de la empresa jiennense de embutidos Hijos de Andrés Molina. El último pago se realizó en 2004.

Además de Astilleros de Sevilla, las condenas afectan a las ayudas concedidas a las empresas Fomento de Construcciones y Contratas. Para desbloquear una huelga de basuras en Granada, Guerrero asumió pagar la subida salarial de los trabajadores de ambas empresas con el fondo de los ERE, lo que ocasionó un menoscabo de 303.107 euros. Guerrero y su sustituto, Juan Márquez, condenados a reintegrar 800.000 euros concedidos a la Fundación San Telmo.

La ayuda a la cooperativa agraria Scafa originó un quebranto patrimonial de 875.000 euros a la Junta. La otras subvenciones que causaron daño a las arcas públicas son las concedidas a Nature Pack (1,36 millones); Valeo Iluminación (468.729 euros); Acyco (82.215); Antonio Gálvez Peluqueros (942.844); Faja Pirítica (446.339); Consyproan (286.952); Nueva Lima (381.601); Saldauto (218.630) y Calderinox (183.649).

Concentración de ayudas

En sus sentencias, el Tribunal de Cuentas concluye que «la calificación de estas ayudas como subvención excepcional dio lugar a un abuso del margen de discrecionalidad administrativa en su concesión», como revela el hecho de que éstas se concentraran «en determinadas zonas geográficas, en grupos de empresas y en concesiones realizadas sin acreditar el fin o interés público perseguido».

El órgano fiscalizador censura que la Consejería de Empleo no estableció requisitos para ser beneficiarios» de los fondos . «Hasta el ejercicio 2010 se han otorgado las ayudas prescindiendo absolutamente del procedimiento administrativo establecido», apunta.

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