SENTENCIA DEL CASO ERE

El abogado del exinterventor absuelto en los ERE: «Ha quedado claro que no pudo ni debió hacer más»

La defensa del exjefe del Gabinete Jurídico de la Junta Francisco del Río, el otro absuelto en la causa, se muestra satisfecho y recuerda que fue «una acusación injusta contra un hombre justo»

José Rebollo, abogado del exinterventor, en un primer plano, y Enrique del Río, en segundo plano EFE

Jesús Díaz

Eran las 13 horas del pasado martes cuando los 21 acusados en el caso de los ERE de Andalucía salían de sala de vistas del jurado de la Audiencia de Sevilla . 19 de ellos, entre ellos los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán , fueron condenados y dos absueltos, el ex interventor general Manuel Gómez y el exjefe del Gabinete Jurídico Francisco del Río . Podían respirar tranquilos después de nueve años de instrucción y, en el caso del primero, se libraba de hasta seis años de cárcel.

José Rebollo y Enrique del Río, abogados defensores de Manuel Gómez y Francisco del Río, no pueden más que mostrarse «muy satisfechos» de la decisión absolutoria del tribunal de Sección Primera de la Audiencia presidido por Juan Antonio Calle .

En el caso de Rebollo, abogado cordobés, la alegría es doble, pues él también defendía en esta causa los intereses legales de Antonio Estepa , quien ocupara el cargo de secretario general de Hacienda de la Junta entre mayo de 2000 y el mismo mes de 2004. La Fiscalía y las acusaciones del PP-A y Manos Limpias retiraron, en la fase final del juicio, los cargos imputados a Estepa, el ex alto cargo acusado número 22 de este procedimiento. «Más que un premio de lotería tras cinco años de sufrimiento», decía a finales de octubre el propio acusado a los medios, después de ser excluido en plena vista oral.

Tras muchos años de trabajo de todo su despacho, Rebollo subraya que el tribunal recoge en su sentencia como cierto que el trabajo del interventor general en la Junta de Andalucía está «reglado» . «Para cada una de las funciones que la Ley atribuye a la Intervención General se prevén en la norma tanto los supuestos en los que debe ejercerse como el procedimiento a través del cual ha de llevarse a cabo», dice el fallo de la Sala.

Un interventor, según el abogado defensor, «no es un inquisidor que puede meterse en todos los resquicios de la administración para averiguar qué pasa, sino que la Ley marca cuándo, cómo y por qué puede actuar».

Con la sentencia queda «claro» que Manuel Gómez «no pudo hacer ni debió hacer más de lo que hizo. La Ley marca los límites de su actuación que superó por el exceso de celo ».

Para el tribunal, « no existe dolo en la actuación del exinterventor tanto en el delito de prevaricación como en el de malversación, pues «es incompatible con la denuncia reiterada que realizó en los sucesivos informes de las irregularidades detectadas en la presupuestación y ejecución de programa de ayudas».

Era «el clavo ardiendo»

El interventor es «el clavo ardiendo al que se agarran ciertos políticos para eludir sus responsabilidades» , dijo Rebollo en su informe final en la vista oral, exponiendo el choque de trenes entre su cliente y el resto de acusados, quienes lo acusaban de no realizar el informe de actuación ante las irregularidades detectadas. Informe que el tribunal no le achaca en la sentencia.

Enrique del Río, abogado defensor y sobrino de Francisco del Río , en iguales términos se muestra muy satisfecho por el resultado absolutorio para el exjefe del Gabinete Jurídico de la Junta entre 2001 y 2008 y se reitera en los mismo términos que desde el principio de la imputación de este ex alto cargo del Gobierno andaluz: «Fue una acusación injusta contra un hombre justo» .

«No había base ninguna para imputarlo ni para llevarlo a juicio oral» , recuerda el abogado, quien esboza que la sentencia rechaza la «ametralladora», como así lo calificó durante el juicio el propio letrado, de nuevas acusaciones de la Fiscalía en su informe final. «No tenían base».

Ni acudió a las reuniones del Consejo Rector del Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) , posteriormente agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) , donde se tomaba conocimiento de las ayudas de los ERE concedidas, y formaba parte del «consejillo» de viceconsejeros como miembros con voz pero sin voto. Por tanto, todo esto lleva al tribunal a la absolución de Francisco del Río, cuyo abogado critica que las acusaciones intentaron «cerrar un círculo perfecto con los acusados con su cliente de forma injusta, destrozándole durante varios años».

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