TRIBUNALES

Nombran funcionarias de la Junta a dos mujeres 8 años después de las oposiciones

Sentencias del Tribunal Supremo y del TSJA propician la integración de ambas en el cuerpo superior de administradores

Tribunal Supremo ABC

Javier López

La Junta de Andalucía ha nombrado funcionarias de carreras a 2 mujeres 8 años después examinarse de las oposiciones . Ambas fueron suspendidas por el tribunal y ambas han conseguido sendas plazas por resoluciones judiciales. Una ha sido dictada por el Tribunal Supremo y otra por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Desde este mes forman parte del cuerpo superior de administradores de la administración autonómica.

Los exámenes en las que participaron estas opositoras tuvieron lugar en 2011. La comisión de selección las excluyó a ambas , por lo que no figuraban en la relación definitiva de personas seleccionadas aprobada el 31 de enero de 2013 ni, en consecuencia, se les asignó plaza el 9 de julio de ese año, cuando se procedió al nombramiento de funcionarios de carrera de la especialidad a los concurrentes que superaron las pruebas.

El recurso de alzada presentado por una de ellas fue desestimado por la Junta de Andalucía, por lo que interpuso un recurso ante la sala de lo contencioso-administrativo del TSJA, que en 2015 dictó una sentencia favorable a la administración autonómica, por lo que la opositora elevó el caso al Tribunal Supremo, que ha anulado la sentencia del órgano regional al estimar los fundamentos de derechos en los que la recurrente fundamentó su recurso.

Al respecto, el Supremo ha estimado el derecho de la demandante a que se valoren como experiencia profesional derivada de puestos de trabajo de cuerpos y especialidad homólogos del cuerpo superior de administradores los trabajos descritos en la sentencia casada. En concreto los prestados en determinados órganos de la administración de las comunidades autónomas de la región de Murcia, Extremadura y Castilla La Mancha.

El periplo judicial de la otra opositora ha sido más corto. En su caso, tras la desestimación del recurso de alzada interpuesto frente a la lista definitiva de personal aprobado, la sala de lo contencioso administrativo del TSJA le ha dado la razón. El órgano judicial ha anulado por no ser conforme a derecho las resoluciones administrativas que la excluyeron del listado.

La estimación parcial del recurso de esta opositora supone reconocer el derecho a que se le computen 2 puntos por el apartado de formación , «con las consecuencias que para ella se deriven en el proceso selectivo de la nueva calificación resultante». Así, la suma eleva a 116,084 puntos el resultado obtenido, lo que la sitúa por encima del último opositor aprobado en las oposiciones.

Las sentencias tendrán una repercusión económica limitada para ellas, dado que no cobrarán atrasos. Tanto el Tribunal Supremo como el TSJA establecen que percibirán sus salarios desde el día que comiencen a trabajar en el cuerpo superior de administradores. Ambos órganos han dictado, empero, que se compute su antigüedad desde el 3 de septiembre de 2013 , día en que fueron nombrados funcionarios los opositores aprobados.

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