PASÓ TRES AÑOS EN LA CÁRCEL

Un hombre absuelto de abusos sexuales a su hijo en Huelva demanda al equipo que valoró el caso

Presenta una reclamación contra la Junta por como responsable solidaria por «mala praxis» del personal del Eicas que intervino en la causa

Sede judicial de Huelva ABC

M. Rosa Font

Pasó más de tres años en prisión, después de que su ex pareja lo denunciara por abusos sexuales continuados a su hijo menor de edad, con un relato de actos que el tribunal llegó a calificar de «aberrante» y al que no dio crédito.

Pero a este padre, T.L.R., la absolución de la Audiencia Provincial de Huelva –confirmada después por el Tribunal Supremo (TS)- le llegó en un segundo juicio (mayo 2016), precisamente después de que el Supremo ordenara la repetición de la vista en la que resultó condenado (abril 2015), al considerar que se había producido contaminación de los miembros de la sala.

A T. L. R., aquella denuncia que lo llevó a la cárcel (ampliada por otras posteriores) le supusieron mucho más que su encarcelamiento: el dolor y la ruptura de las relaciones y vínculos con su hijo.

El calvario no ha acabado. Después de una peregrinación por distintas instancias judiciales que comenzó hace dos años , el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) tiene en trámite una reclamación de la representación legal de este padre, la abogada Ana de Silva , presentada por presunta « mala praxis » del equipo de Evaluación e Investigación de Casos de Abuso Sexual ( Eicas) que valoró su caso. Esta entidad pertenece a la Asociación Andaluza para la Defensa de la Infancia y la Prevención del Maltrato ( Adima ).

La reclamación se dirige contra las consejerías andaluzas de Igualdad y Justicia por responsabilidad conjunta solidaria , al tratarse de los departamentos que tienen contratados al equipo de Eicas que intervino en la causa e hizo la valoración.

«Se trata de en un proceso lento y no tenemos constancia que haya precedentes», comenta de Silva, que va a solicitar la acumulación de los dos procedimientos en una misma sala.

La reclamación en curso en el TSJA se fundamenta en los informes periciales en la causa y en la misma sentencia que despejó dudas y lo sacó de la cárcel.

La misma sala de la Audiencia Provincial de Huelva que lo absolvió cuestionó la actuación del equipo Eicas que intervino en el caso, tanto por el valor de los informes que emitió en el procedimiento como por el tratamiento que se dio al menor.

« El tratamiento dado al menor, que sería en la tesis de la acusación, señal de que existían los efectos propios de habar sufrido actos de violencia sexual, carece de detalle – afirmaba la Audiencia en su resolución-, no se conoce qué clase exacta de tratamiento ha sido dado, pudiendo ocurrir que se haya materializado como una mera continuación casi rutinaria, obligada por las sospechas que el Eicas ponía de manifiesto, sin que parezca que exista verdadera independencia de criterio para negar tajantemente ese tratamiento cuando pasa de una parte a otra de la misma institución».

El Tribunal destacaba que el menor recibió 150 sesiones hasta que recibió el alta, de las que unas 70 fueron antes del primer juicio, a lo que añadía haber advertido « graves carencias » en las entrevistas que la psicóloga del equipo Eicas hizo al menor.

Agregaba el tribunal, en este sentido, que el informe Adima « de escaso valor no sirve para corroborar la existencia de los abusos» en tanto que -destaca- «no hay explicación sobre la necesidad de tal número de sesiones ni siquiera de su contenido específico», y cita asimismo el informe del colegio , en el que se indicaba un cambio en el menor tras el inicio de la causa penal y la intervención de los equipos Eicas y Adima.

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