TITULARIDAD

Un exasesor de Carmen Calvo ideó la estrategia contra la inmatriculación de la Mezquita-Catedral de Córdoba

Miguel Agudo, ex decano de la Facultad de Derecho, publicó en una revista una hoja de ruta legal

Visitantes en el interior de la Mezquita-Catedral de Córdoba Valerio Merino

Rafael Ruiz

Un exasesor de la vicepresidenta Carmen Calvo -el exdecano de Derecho de la Universidad de Córdoba, Miguel Agudo - estableció en un artículo jurídico de carácter científico una estrategia legal que consideraba viable para arrebatar la propiedad de la Mezquita-Catedral a la Iglesia Católica. Apareció en la revista técnica «Estudios de Deusto» en el número de julio-diciembre de 2015. Son treinta páginas, bibliografía incluida, que marcan qué hacer en el caso de que la Administración se decida a desarrollar esta propuesta pasando por los tribunales de justicia.

Agudo fue decano de Derecho en Córdoba y tiene también la licenciatura en Filosofía. Es compañero de departamento de la vicepresidenta Carmen Calvo en Derecho Constitucional . Además, fue asesor de la política egabrense en la Consejería de Cultura entre los años 1996 y 2000. Si su currículum está actualizado, sigue teniendo cierta relación profesional con la Junta.

La novedad del artículo del profesor Agudo es que no aborda una tesis abstracta. Plantea un modo concreto de eliminar a la Iglesia de la ecuación de la propiedad de la Mezquita-Catedral. La hipótesis es la siguiente: toda la inscripción se fundamenta en un artículo de la ley hipotecaria de 1946 -el 206- que permite a la Iglesia registrar propiedades con el certificado de un diocesano (lo que se equipara con un funcionario público). Y ese artículo está fuera de la Constitución . Ese parte de la ley ya no existe, se eliminó en 2015, pero es una manera de registrar bienes que la Iglesia posee desde hace siglos sin escrituras. Se trata de una mecánica previa al franquismo. Se fijó en torno a 1870 por los procesos derivados de la Desamortización cuando se obligó a los obispos a inscribir lo que tenían y éstos respondían que cómo hacerlo sin papeles.

El texto prevé la inconstitucionalidad del artículo de la ley hipotecaria con que se inmatriculó el templo

Agudo sostiene en su texto que «existen dudas» sobre la propiedad eclesiástica de la Mezquita por el argumento conocido de que perteneció a la Corona y no se puede mostrar un documento de donación. Por ende, afirma, es dominio público y ha de entenderse que no cabe que pase a manos privadas por la posesión pacífica y pública durante un largo tiempo, la llamada usucapión o prescripción adquisitiva . Lo que el profesor de Derecho sostiene es que, dadas las dudas, hay que atacar el artículo de la ley hipotecaria por medio de la única vía posible: la cuestión de inconstitucionalidad , que ni aparece citada en el informe de los expertos de la alcaldesa .

Propone que la Junta de Andalucía se dirija al Registro de la Propiedad correspondiente y ponga la Mezquita a su nombre basada en un informe pericial de expertos en Historia del Derecho de acuerdo al real decreto que transfirió las competencias culturales y de patrimonio a la Junta en 1984. El investigador advierte que «probablemente» el registrador calificará negativamente ese intento. Por ello, propone recurrir a la Dirección General de los Registros y el Notariado del Ministerio de Justicia.

Alternativamente, propone recurrir directamente la negativa «ante los juzgados de la capital de la provincia» siendo de aplicación las normas del juicio verbal. La medida contaría, según su estrategia, con una impugnación del Obispado. Ya en esa demanda, se pediría al juzgado correspondiente que elevase una cuestión al Tribunal Constitucional . Advierte el investigador en su artículo que «todo este hipotético iter procesal solo resolvería la cuestión del registro de la Mezquita pero no implicaría que los juzgados diesen la razón a las Administraciones en la propiedad pública». Un hecho que «quedaría pendiente». El asunto solo tiene un pero: la cuestión de constitucionalidad se puede pedir pero no tiene por qué concederse. Depende del juez.

Quizá lo más curioso sea por qué la Mezquita y no cualquier otro bien que esté bajo discusión, como la Giralda . El profesor Agudo sostiene que es una cuestión «de visibilidad ». No se trata tanto de la Mezquita por la Mezquita como de la opción de desarrollar «un nuevo enfoque » en las relaciones Iglesia-Estado. Considera el investigador que una eventual sentencia del Constitucional sobre el monumento depuraría detererminados aspectos del ordenamiento jurídico español en materia de las relaciones de la Administración con la curia. La estrategia estuvo sobre la mesa del Ayuntamiento de Córdoba, al menos. En un informe de la Asesoría Jurídica firmado por su responsable, Mercedes Mayo , se consideraba que la vía propuesta por el profesor Agudo no daba garantía alguna.

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