Sanidad

El SAS acepta pagar 3.000 euros por hacer una infiltración de rodilla sin permiso en Pozoblanco

La resolución agota la vía administrativa de un caso para el que el abogado del afectado reclamaba 31.000 euros

Hospital de Pozoblanco, en una imagen de archivo Quercus

Julia López

La Dirección General del Servicio Andaluz de Salud ha emitido una resolución por la que tendrá que pagar 3.000 euros por un expediente de responsabilidad patrimonial que se inició tras la reclamación interpuesta por un paciente por «mala praxis médica». El caso tuvo lugar en el Hospital Valle de Los Pedroches de Pozoblanco cuando, según se especifica en el caso, el paciente se sometió a una infiltración en la rodilla sin previo aviso , la falta de consentimiento correspondiente y sin las medidas de higiene necesarias.

A consecuencia de esta situación el paciente padeció una artritis séptica por la que precisó de ingreso hospitalario y cirugía abierta de rodilla, prologándose el tratamiento durante tres meses. El estudio del caso estableció que la infiltración pudiera ser la causante de la artritis séptica por inoculación directa de un estafilococo. Sin embargo, también se determina que no puede deducirse que la infiltración se hiciera sin la asepsia necesaria.

Por otro lado, el dictamen médic o elaborado por el facultativo adscrito al Servicio de Aseguramiento y Riesgos del Servicio Andaluz de Salud descarta también otras acusaciones que se realizan en la reclamación relativas a hechos que no quedan constatados por escritos en los procesos médicos, tales como el cambio de sábanas de la camilla o que el médico use o no guantes . Respecto a la falta de consentimiento antes de la intervención, el informe del SAS aclara que «realmente no existe en la historia clínica del paciente dicho documento ni tampoco queda anotada que se le pasara para su lectura y firma».

Ante esta situación, la resolución determina una estimación parcial de la reclamación al existir relación de causalidad entre la actuación de la Administración y el daño moral causado, por lo que se acuerda una indemnización de 3.000 euros , lejos de los 31.000 euros que pedía el abogado del paciente . Con esta resolución queda agotada la vía administrativa existiendo la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales competentes.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación