Tribunales

Varapalo judicial a tres exalcaldes socialistas de Los Barrios

El juzgado de lo Mercantil condena a ocho exconsejeros de la Empresa Municipal de Recaudación a hacerse cargo con su patrimonio de la deuda de la sociedad, cifrada en 334.000 euros

Imagen de la Casa Consistorial de Los Barrios. ABC

Soraya Fernández

El juzgado de lo Mercantil número uno de Cádiz ha declarado culpable el concurso y ha condenado a los exconsejeros de la Empresa Municipal de Recaudación Los Barrios S.L. El fallo en primera instancia condena a los exconsejeros a hacerse cargo con su patrimonio de las deudas que arrastra la sociedad , todas de la época socialista al frente del Ayuntamiento de Los Barrios (Cádiz).

Este fallo del Mercantil exime al Ayuntamiento de la responsabilidad de tener que pagar el agujero económico cifrado por el administrador concursal en el informe, que es de 333.956,53 euros. El juez condena a las personas afectadas por la calificación a la cobertura del déficit concursal (cifrado en 333.956,53) en varios porcentajes.

La sentencia señala a ocho exconsejeros de la Empresa Municipal de Recaudación Los Barrios S.L. como personas afectadas por la calificación culpable del concurso. Entre éstos destacan los exalcaldes socialistas Alonso Rojas, Ángeles Ariza y Juan Montedeoca , así como los exconcejales Javier Grimaldi y Cristóbal Melgar.

Todos quedan inhabilitados por esta sentencia para la administración de bienes ajenos por un periodo de dos años , el mínimo establecido en el orden jurisdiccional mercantil, según ha informado este domingo el Ayuntamiento de Los Barrios mediante un comunicado de prensa.

El juez condena a la cobertura del 30% del déficit total que arroje la empresa al exalcalde Juan Montedeoca, y en el 1% a Ángeles Ariza, Javier Grimaldi y Cristóbal Melgar. El resto del déficit lo cubrirán otros exconsejeros en distintos porcentajes que formaban parte de la sociedad.

La jueza refleja en la sentencia «la ausencia de libros contables obligatorios, o de parte de ellos, dada su trascendencia, es un hecho determinante de la calificación culpable del concurso, que afecta al deudor que, resultando obligado a la llevanza de la contabilidad, no presenta los libros de llevanza obligatoria. La ausencia de libros de llevanza obligatoria constituye por lo expuesto un incumplimiento sustancial de la obligación de llevanza de la contabilidad. No es contabilidad la mera acumulación de soportes contables o de hojas en que figuren las operaciones» , señala según el Consistorio.

También destaca la sentencia que el hecho de que los administradores de la entidad concursada tuviesen «a la par la condición de miembros del Ayuntamiento de Los Barrio s no permite inferir una participación del mismo como colaborador en la gestión de la concursada. Es precisamente esa doble condición de administrador-miembro de la Corporación local lo que determina la imputabilidad de las actuaciones única y exclusivamente a los consejeros pero no al Ayuntamiento de Los Barrios como entidad de derecho público».

Se trata de la tercera sentencia del tribunal provincial sobre los procedimientos concursales de las cinco empresas municipales del Ayuntamiento de Los Barrios, las dos anteriores también eximen al Ayuntamiento barreño de hacerse cargo de la deuda.

El alcalde de Los Barrios, Jorge Romero , ha destacado que este fallo judicial «es otra buena noticia» porque el Ayuntamiento y, por consiguiente los vecinos de Los Barrios, «no tendrán que pagar esta deuda derivada de la mala gestión de los gobiernos socialistas en estas empresas públicas».

«La sentencia señala que son los administradores de la Empresa Municipal de Recaudación los que tienen que pagar esa deuda. La ausencia de una contabilidad y sin rendir cuentas a nadie era la tónica general de la gestión del PSOE en las empresas municipales», indica el alcalde.

Por último, agrega que esta sentencia «nos vuelve a dar la razón porque hicimos lo correcto en julio de 2011 con la disolución de las empresas municipales».

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