El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos
El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos - abc

Los autónomos no afrontarán deudas pasadas con beneficios

Una enmienda del PP a la Ley de la Segunda Oportunidad mejora las condiciones para poder emprender un nuevo negocio

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El Gobierno va a facilitar las condiciones para la vuelta a la actividad empresarial de aquellos trabajadores autónomos que, después de un fracaso empresarial, quieran volver a emprender un nuevo proyecto, sin tener que estar sujeto a cargas financieras anteriores. El Ejecutivo trabaja en una doble dirección: por un lado, permitiendo que los beneficios futuros no tengan que destinarse a pagar deudas pasadas y, por otro, baraja condonar las deudas a Hacienda y la Seguridad Social.

La vía que va a utilizar el Ministerio de Economía para llevar a cabo esta iniciativa es la presentación, a través del Grupo Parlamentario Popular, de una enmienda a la Ley de la Segunda Oportunidad, según ha podido saber ABC.

Esa enmienda corrige algunos aspectos de la ley en tramitación que especifica que si, después de haber alcanzado un acuerdo con los acreedores, se reinicia una actividad empresarial con beneficios, éstos tienen que destinarse obligatoriamente a pagar las deudas pendientes.

Concretamente, se dice que «si hay ingresos sobrevenidos se podrá activar la deuda pendiente», según las fuentes consultadas.

En el texto de la enmienda, a la que ha tenido acceso ABC, se alivia esta carga que puede suponer para la puesta en marcha de un nuevo negocio. A partir de la aprobación de esta ley por el Parlamento, que está garantizada por la mayoría del Partido Popular en las dos Cámaras, se concreta que «esos ingresos futuros que pueden activar la deuda anterior no pueden ser del trabajo». En otras palabras, que los beneficios económicos que pueden destinarse al pago de la deuda pendiente deberán venir de situaciones tales como una herencia o un premio de la lotería, o similar.

Hay que destacar que esta enmienda tiene efecto dentro de los cinco años posteriores al acuerdo que se haya llegado con los acreedores. Ya que éste es el plazo que fija la ley para, a partir del cual, si el deudor se ha sometido a un plan de pago y ha mostrado buena disposición al abono de la deuda, «pueda quedar exonerado de sus créditos», excepto de las deudas públicas (Hacienda y Seguridad Social).

Precisamente sobre la condonación de estas deudas también está trabajando el Ministerio de Economía, aunque todavía no tiene una decisión tomada y se encuentra en pleno debate. Sin embargo, respecto a la primera medida si hay un acuerdo unánime para que se materialice en la enmienda. El plazo para la presentación de las mismas finaliza el día 12. Esta iniciativa legislativa se está tramitando en el Congreso como proyecto de ley.

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