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Las claves para entender la normativa europea de copyright que puede cambiar internet

El pleno del Parlamento Europeo se pronuncia este jueves sobre la propuesta legislativa de la Comisión Europea para reformar y proteger las normas comunitarias sobre derechos de autor, que ha generado cierta polémica especialmente por un artículo que obligaría a plataformas como Google, Facebook o Youtube a supervisar los contenidos que los usuarios comparten en ellas, aunque el empleo de los llamados «memes» están a salvo

J.M.SÁNCHEZ

Por su naturaleza, internet ha funcionado hasta la fecha como un caos que ha enarbolado la vitola de la libertad de expresión. Este jueves el Parlamento Europeo vota una nueva directiva sobre propiedad intelectual y derechos de autor en el Mercado Único Digital que puede instaurar en el entorno europeo una revisión previa en contendios protegidos.

Una propuesta que se ha encontrado con la oposición de las plataformas digitales y organizaciones de defesa por su posible impacto en el desarrollo de la Red. ¿Compensación a lo que se considera un robo de archivos culturales? ¿La enésima muerte de internet? ¿Censura? «Yo creo que al final se impondrá la cordura e iremos a sistemas de ajuste fino. Actualmente es matar moscas a cañonazos», aduce Borja Adsuara, jurista digital.

La directiva entrará este jueves en fase de debate parlamentario después de ser preaprobada por la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo , pero aunque salga finalmente adelante (todo apunta a que saldrá adelante) deberá habar una transposición a cada país miembro respetando los derechos de la ley. No será fácil, ni rápido y, lo más seguro, no se llevará al traste lo que entendemos como internet. Aunque se le pasará factura, nunca mejor dicho, puesto que la idea es exigirles una retribución por derechos de autor al entender que se lo saltan a la torera.

¿Algoritmos censores? adiós a la figura judicial

El artículo 13 o el «filtrado de carga obligatorio» requerirán que plataformas online como YouTube, Instagram, Twitter y eBay deban instalar filtros automáticos y algoritmos para evitar que los usuarios suban materiales protegidos por derechos de autor o soliciten licencias para mostrar contenido. El objetivo, por tanto, es detectar localizar material que infrinja las leyes de copyright.

Hasta la fecha, las leyes de propiedad intelectual contemplan la posibilidad de intervención judicial para dirimir un caso de posible vulneración de este derecho. Ante una denuncia del propietario del copyright, las plataformas de internet pueden eliminar un contenido (imagen, video, audio) que lo reclame su autor. En YouTube, por ejemplo, si una discográfica denuncia que un video infringe la ley al publicar un videoclip de uno de sus artistas, el servicio propiedad de Google establece un filtro impidiendo que ese contenido pueda reproducirse.

Es una medida que funciona a posteriori. Sin embargo, la directiva europea que entra en fase parlamentaria pretende instaurar una censura previa, según explica a este diario Carlos Sánchez Almeida , experto en derecho digital del bufete Almeida. Todo en base de unos algoritmos informáticos capaces de detectar cuando un contenido vulnera la ley de derechos de autor. «Todas las actividades cotidianas de los ciudadanos de a pie en Instagram, YouTube o Twitter se verán afectadas a partir del momento en el que entre en vigor porque supondrá una censura previa por algoritmos», apunta.

En ese sentido, las empresas que estarán obligadas a implantar esos sistemas de revisión previa rechazarán automáticamente los contenidos que estén protegidos por derechos de autor. «El principal problema es que esa censura no la dictamina un juez, sino que es directamente un algoritmo un software automatizado que toma la decisión directa y sin posibilidad de reconsideración. Esto va a limitar las posibilidades de creatividad de los ciudadanos», considera.

Los «memes», en el punto de mira pero a salvo

Lo que se decide es un nuevo escenario legal. Estas medidas pueden trastocar uno de los hábitos habituales de los usuarios de nuevas tecnologías, los llamados «memes», aunque en principio están protegido por el Derecho de Parodia en España. Los casos son múltiples y se dan a diario. Son un fenómeno impresionante en las redes sociales y destacan, en su mayoría, la creatividad y original de los usuarios.

Futbolistas como Neymar o De Gea en el Mundial, gobernantes de todas las ideologías, artistas de todo tallaje. Casi nadie se escapa de aprovechar su imagen y convertirla en un viral. El gran problema -aduce Sánchez Almeida- es que hay determinados usos lícitos de las obras, como la parodia o la cita. En nuestra legislación se autorizan los “memes”, pero en caso de que finalmente se pusiera en marcha este mecanismo se haría forma automatizada.

Pese a que la directiva contempla la censura previa, los expertos creen que articular una medida compensatoria a este fenómeno es un proceso algo difuso. «Con la tecnología actual no puede saber si es un filtro de parodia», valora a este diario Sergio Carrasco , jurista experto en derecho digital de Fase Consulting . A su juicio, el juez puede dictaminar que no existe vulneración de la propiedad intelectual pero, pese a que existe una excepción que protege a los usuarios, «cómo se lo digo a un filtro informático», se pregunta este experto.

Una nueva «tasa Google»

Otro de los puntos controvertidos viene del artículo 11 de la directiva, que establece la creación de una tasa Google. «Lo que quiere decir es que las empresas de noticias podrían recibir una compensación por el uso de que hagan otros enlazando dichas noticias. Se hará una explotación de los contenidos», añade Carrasco. Este aspecto polémico reconoce el derecho legal renunciable de los medios de comunicación a reclamar a las plataformas digitales durante un periodo de 20 años compensaciones por compartir fragmentos de sus contenidos informativos.

El problema -insiste- es el hecho de cómo se regule este nuevo derecho. «Si tú vas a cobrar a los usuarios, a la plataformas, incorporando solo un fragmento. Eso puede llevar a que los prestadores (las empresas digitales) impidan compartir dichos enlaces», apunta . Esta medida, al final, «puede perjudicar a los editores», entiende este experto. Por su parte, Sánchez Almeida considera esta directiva como «un virus para el derecho de libertad de expresión y no sabemos , cuando la cepa prospere, de los efectos que puede tener. Esta censura mediante algoritmos podría equipararse a una enfermedad que produce la degradación de las neuronas; una lobotomía de la internet que conocemos y de nuestra conciencia creativa», lamenta.

Impacto en la música

Otro de los aspectos controvertidos se enmarca dentro de los contenidos online que afectan a los músicos y artistas. Es un eterno debate acerca de la distribución de este tipo de archivos. Las asociaciones de músicos han puesto en cuestión cómo se aprovechan sus creaciones sin respetar su autoría.

Plataformas como YouTube o Facebook han permitido el acceso a los contenidos culturales en los últimos años, pero estas compañías, habitualmente con residencia en Estados Unidos, miran hacia otro lado en la responsabilidad de los usuarios. Canciones, temas, fragmentos se aprovechan sin la obligada retribución en materia de derechos de autor. Un modelo que los artistas y músicos han criticado en los últimos años al entender que las empresas digitales se lucran a su costa.

Por esta razón, el texto del Comité de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo cree, sin embargo, que estas firmas «son responsables y deben remunerar a los autores de forma justa y equitativa, actuar como socios en este mercado y crear así un mercado en condiciones equitativas para todos los servicios». De tal forma, que lo que se pretende es que una plataforma como YouTube borre de manera automática los contenidos que vulneran sus derechos de autor de igual manera que se hace con contenidos violentos o inapropiados.

Aunque algo parecido ya lo pone en práctica a través de su programa Content ID por el cual los propietarios de derechos de autor pueden «identificar y gestionar fácilmente su contenido» en esta plataforma. Los vídeos subidos se contrastan con una base de datos de archivos que han enviado los propietarios del contenido. Es decir, son quienes deciden qué ocurre cuando el contenido de un vídeo de coincide con una obra que les pertenece.

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