CHICLANA

Chiclana quiere aumenta el parque de vivienda con una nueva ordenanza para solares y edificios ruinosos

Esta nueva ordenanza se adapta a la ley autonópmica vigente y afectará sobre todo al casco histórico

La pasada semana, el Pleno del Ayuntamiento de Chiclana aprobó la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas y la ejecución por sustitución. Esta propuesta contó con los votos de PSOE, IU, PP y de los concejales no adscritos y con la abstención de VOX.

De esta manera, el consistorio chiclanero se adapta a la legislación autonómica vigente (LISTA). El objetivo es revitalizar el casco histórico de Chiclana y poner nuevas viviendas a disposición de las familias chiclaneras. Rodolfo Pérez, delegado de Urbanismo ha declarado que «la Ordenanza es para toda la ciudad, aunque tiene especial incidencia en el centro histórico». Ha explicado también que «trata los solares sin edificar o aquellas edificaciones que no están adecuadas para su uso y llevar a cabo las órdenes de ejecución correspondientes para que construyan o rehabiliten. Y en el supuesto de que los propietarios no actúen al respecto, se inscribirán en un registro público y el Ayuntamiento pasará a ejecutarlo».

Tres vías

Se plantean tres vías de ejecución por parte del Ayuntamiento. Por un lado, la ejecución subsidiaria, es decir, el Ayuntamiento realizaría la obra necesaria y cobra a la propiedad lo que le ha costado. Por otro, la expropiación por parte del Consistorio, adquiriendo la propiedad y ejecutando la edificación correspondiente. Y, la última opción, la ejecución por sustitución, a través de la cual se saca a concurso público para que un tercero adquiera el solar y ejecute la obra.

«Lo importante de esta Ordenanza es que queremos trabajar en la rehabilitación del casco histórico de Chiclana y, además, crear edificaciones residenciales, es decir, viviendas», ha comentado el delegado de Urbanismo, quien ha añadido que «esto enlaza directamente con la directriz aprobada antes del verano para prohibir las viviendas de uso turístico en la ciudad, salvo en casos de rehabilitación de edificios o actuaciones completas para viviendas de uso turístico».

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