tribunales

El artista Antonio Carmona, condenado por amenazar con un bastón a un vecino de su casa de Barbate

El juez ve probado que el cantante se dirigió a dos trabajadores que estaban levantando un vallado con este bastón alzado para indicarles que se lo «hincaría en el pecho» a quien les había contratado

Según el fallo, Carmona y esta persona mantienen desencuentros desde hace tiempo «por problemas de lindes». El intérprete negó en la vista tales amenazas y cabe recurso de apelación

El cantante y guitarrista Antonio Carmona. la voz

M. Almagro

El Juzgado de lo Penal número 1 de Cádiz ha condenado al artista Antonio Carmona por un delito leve de amenazas tras haber protagonizado un altercado en su casa de Zahora (Barbate) por un asunto sobre lindes. Este fallo, emitido el pasado 22 de abril tras un juicio rápido, no es firme y contra él cabe recurso de apelación.

Según da como hechos probados la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, todo sucedía el 3 de julio del año pasado cuando sobre las 12.30 horas dos operarios estaban realizando unos trabajos en un terreno ubicado en Zahora (Barbate) donde se encuentra la vivienda del artista. En un momento dado el acusado acompañado de una empleada «se aproximó a dichas personas, y les dijo a la vez que alzaba un bastón, con ánimo de infundir temor : 'díselo, díselo que se lo voy a hincar en el pecho'», sin que esa persona a la que se dirigía estuviera presente en dicho lugar, reproduce el fallo.

Pero los dos operarios le comunicaron a su jefe estas expresiones y a su vez éste las trasladó al denunciante -vecino de Carmona- que lo puso en conocimiento del puesto de la Guardia Civil de Barbate. «El bastón que portaba tiene un mango que simula o parece la figura de un animal o ave con terminaciones en forma de 'pico'». Como indica el fallo, entre el denunciante y Antonio Carmona han «existido disputas y controversias relacionadas con las fincas que sociedades o empresas vinculadas a los mismos tienen en este lugar».

En el acto de la vista declararon testigos y acusado, además se pudieron visionar tanto un vídeo como fotografías.

Declaraciones

En cuanto a los testigos, el denunciante manifestó que es vecino del acusado desde hace unos quince años y aseguró que sus fincas son colindantes y tienen problemas de lindes. Dijo que el día de los hechos no estaba en la parcela y que estos dos operarios se encontraban trabajando en un vallado cuando le llamaron y le contaron que el artista «les había amenazado con un palo con un punta punzante y que se lo iba a clavar». Por ello -afirmó- decidió ir a la Guardia Civil a poner la denuncia. Como también declaró, hubo otro incidente con su hijo en el que el acusado «tiró o arrojó piedras», y que por otro lado, tuvo que quitar una puerta que puso entre las lindes.

Los operarios manifestaron en el juicio que el día de los hechos estaban trabajando cambiando una cancela cuando aparecieron «una mujer morena y el acusado, que portaba un bastón, con punzón para arriba, y que les dijo 'díselo, díselo, que se lo iba a hincar en el pecho', en referencia, como aseguraron, al denunciante y vecino de Carmona. Uno de ellos además dijo que con anterioridad a este episodio «una mujer» les había hecho fotos.

Por su parte, la testigo que acompañaba al artista manifestó que estaba trabajando en el domicilio del acusado cuando la pareja del músico vio a una persona en su propiedad diciéndole a ella que fuera y se acercó a comprobarlo. Dos horas más tarde fue con el acusado a la playa, y al ver a los dos trabajadores a los que ella había visto antes, Antonio les dijo que se fueran, siendo cierto -según declaró- que el investigado portaba un bastón de madera, pero que no lo alzó ni lo blandió y que sólo lo llevaba «para ahuyentar a los perros que pudiera haber en la playa porque están sueltos». Esta testigo aseguró que no había más personas en el lugar, y que el artista siempre lleva dicho bastón que era de su padre. Esta misma explicación fue corroborada por dos testigos más.

También ofreció su testimonio la mujer de Antonio Carmona quien relató que a través de las cámaras que tienen en la casa vio a unas personas que estaban en el interior de su finca. En ese momento llamó a la Policía y le dijo a la empleada que fuera a ver qué pasaba. Según afirmó este hecho de que se adentraran en su parcela «no era novedoso» y contó que incluso tiene en la agenda de su teléfono el de un policía por problemas que han tenido anteriormente.

El artista niega las amenazas

Antonio Carmona declaró en último lugar y negó haber vertido cualquier tipo de amenaza asegurando que dicho bastón es el que lleva siempre a la playa y que en ningún momento dijo que se lo iba a clavar a alguien.

En la vista se reprodujeron las imágenes y grabaciones aportadas por la defensa en el escrito de conclusiones provisionales.

Según se expone en el fallo, ha quedado acreditado que la relación entre el acusado y el denunciante «era mala y estaba deteriorada por problemas de lindes». Además, la sentencia valora la coincidencia del relato de los operarios sobre la amenaza «sin apreciar dudas o vacilaciones». «Se pudo constatar que ambos testigos reconocieron el bastón que aparece en las fotografías aportadas por la defensa y no tuvieron dudas que era ese objeto el que portaba el acusado y es cierto que en la parte superior, tiene la forma de un animal o ave alargada con terminación en forma de pico, sin que se viera la parte inferior del bastón, por tanto, los testigos no se inventaron que el acusado lo portaba», entiende el juez.

También reconocieron los testigos que unas dos horas antes de producirse los hechos, fueron grabados por la misma mujer que luego estaba con el acusado y ésta reconoció que era empleada del cantante y su familia. Al respecto de que el coche utilizado por los trabajadores estuviera en la parcela del acusado, algo que manifestó éste, este extremo no fue negado ni discutido por ellos.

Así, y tras la celebración del juicio y vistas las pruebas aportadas y los testimonios ofrecidos, el juez condena a Antonio Carmona por un delito leve de amenazas a la pena de dos meses de multa a razón de diez euros diarios, es decir, 600 euros y las penas accesorias de prohibición de aproximación a menos de cincuenta metros del denunciante, de su lugar de trabajo y de cualquier lugar en el que se encuentre así como comunicarse con él por cualquier medio o procedimiento, ambas durante el plazo de cinco meses. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación.

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