La ordenanza que limita a 30 km/h en las calles con un carril por sentido entrará en vigor en septiembre

Los vehículos con etiqueta ambiental Cero y Eco podrán entrar en la APR de Centro; los patines, patinetes y monopatines podrán circular por carriles bici y ciclocalles

Un obrero trabaja en la ampliación de aceras de la Gran Vía JOSÉ RAMÓN LADRA
Marta R. Domingo

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El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este jueves el borrador de la nueva ordenanza de Movilidad, que limitará a 30 kilómetros por hora en las calles con un carril por sentido y que limitará la entrada a los vehículos según su etiqueta ambiental al futuro Área de Prioridad Residencial (APR) . No obstante, esta norma no entrará en vigor hasta su aprobación en el pleno de septiembre. A partir de hoy se abre un plazo de un mes para que los grupos aporten sus alegaciones.

Esta ordenanza pretende ser un marco que regule los criterios de acceso a la APR . A esta zona podrán entrar los vehículos de los residentes y sus invitados, las bicicletas, los vehículos de personas con movilidad reducida, los servicios públicos esenciales, sanitarios y de emergencias, además de los vehículos Cero emisiones y, como novedad, los de etiqueta ECO de la DGT.

La norma regulará también cómo podrán moverse, según su uso y etiqueta ambiental, los taxis, los VTC, las motos y los ciclomotores. Además, podrán circular los vehículos que accedan a aparcamientos de rotación situados dentro del área siempre que dispongan de la etiqueta verde. Aunque, según indican fuentes del área de Medio Ambiente y Movilidad, estas medidas se aplicarán de forma progresiva. En las próximas semanas se presentará el calendario concreto que determinará cuándo y con qué etiquetas podrán circular este tipo de vehículos por la APR.

El uso de los patines, patinetes y monopatines también viene limitado por la ordenza que permitirá su uso por carriles bici y ciclocalles pero no por las aceras. También indica que las bicicletas podrán rodar en sentido contrario en las calles residenciales y ciclocalles. En cuanto a las motocicletas, podrán aparcar en la acera donde no exista banda de estacionamiento en la calzada si dejan más de tres metros libres.

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