Madrid registra más de 700 sanciones a dueños de perros potencialmente peligrosos

Las infracciones catalogadas como «muy graves» crecen en 2018 hasta un 35 por ciento

Un perro, en una casa cercana al lugar donde ocurrió la tragedia GUILLERMO NAVARRO
Aitor Santos Moya

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El ataque de dos dogos de burdeos cruzados con la raza american staffordshire terrier que acabaron con la vida de su dueña y la hija de esta, en la urbanización Balcón del Tajo (Colmenar de Oreja) el pasado miércoles, ha puesto sobre la lupa a los perros considerados como potencialmente peligrosos. Hasta el mes de noviembre, la Comunidad de Madrid ha dictado 715 sanciones a propietarios de este tipo de animales; de las cuales 196 están catalogadas de «muy graves» , lo que supone un incremento del 35 por ciento respecto al año anterior.

Según la normativa, las sanciones «muy graves» están relacionadas con la tenencia de canes potencialmente peligrosos sin los permisos correspondientes, así como su venta o cesión ; un extremo que los agentes que investigan el caso de los dogos tratan de esclarecer . Para ello, la Guardia Civil está a la espera del informe que emitan esta semana los veterinarios del Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid, donde los perros permanecen en cuarentena.

La región, que contempla en su decreto la misma lista de razas potencialmente peligrosas fijada en el reglamento estatal (Real Decreto 287/2002) -aunque ampliable a todos los perros según su morfología y carácter-, tiene registrados un total de 10.725 perros bajo esta etiqueta. Los dueños están obligados a inscribirlos en un registro municipal específico, así como cumplir una serie de precauciones y requisitos.

Las multas por faltas «muy graves» oscilan entre los 2.404 a los 15.025 euros , mientras que las clasificadas como «graves» se penalizan desde los 300 a los 2.404 euros. Estas últimas -pese al repunte de las infracciones más peligrosas- han descendido: 519 en los diez primeros meses del año, por las 638 interpuestas en 2017. La ordenanza regional tipifica como sanción «grave» el hecho de dejar suelto al animal, no adoptar las medidas necesarias para evitar que se escape o se pierda o mantenerlo sin bozal en cualquier lugar público.

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