La juez manda al psiquiátrico de la cárcel de Estremera a Noelia de Mingo

Por la presunta comisión de un delito de homicidio en grado de tentativa y atentado a agente de la autoridad, como consecuencia de la agresión múltiple que tuvo lugar el pasado lunes en la localidad de El Molar

Noelia de Mingo, en un permiso, en Alicante JUAN CARLOS SOLER | Vídeo: EP

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La titular del juzgado de Instrucción número 2 de Alcobendas, en función de guardia, acaba de ordenar el ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza de Noelia de Mingo por la presunta comisión de un delito de homicidio en grado de tentativa y atentado a agente de la autoridad, como consecuencia de la agresión múltiple de este lunes en El Molar. Además, la juez ha comisionado para que se derive a la investigada a la Unidad de Psiquiatría del centro penitenciario Madrid VII (Estremera), por si procede su traslado al centro penitenciario-psiquiátrico de Fontcalent.

Noelia de Mingo, qu e se ha acogido a su derecho a no declarar , se ha mostrado durante la declaración, que ha tenido lugar en el Hospital Infanta Sofía, orientada y apesadumbrada .

La Fiscalía Provincial de Madrid ha solicitado a la juez la prisión incondicional y sin fianza de Noelia de Mingo, pero por dos delitos de asesinato en grado de tentativa y otro de atentado a agente de la autoridad con instrumento peligroso.

Noelia de Mingo fue condenada a un máximo de 25 años de reclusión en Fontcalent como responsable de la muerte de tres personas en la Fundación Jiménez Díaz, en el año 2003, y las heridas a cuchilladas a otras cinco.

En el otoño de 2017, cuando llevaba catorce años de internamiento, la Sección 16ª de la Audiencia Provincial de Madrid, a solicitud del juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Alicante y con el informe favorable del Ministerio Fiscal, sustituyó el internamiento en centro psiquiátrico por el tratamiento ambulatorio y la custodia familiar, a la luz de los diferentes informes clínico-forenses, coincidentes todos ellos en la situación de estabilidad de la enferma , en la realidad de que no había vuelto a presentar episodio alguno de descompensación, y ante el hecho de que era plenamente consciente de su enfermedad , de los síntomas que podían descompensarle el curso de su dolencia y la conciencia del daño que había causado.

Condiciones para su libertad

No obstante lo anterior, la Audiencia Provincial de Madrid condicionó el tratamiento ambulatorio a que la afectada se sometiera hasta el fin de la reclusión al control, al principio quincenal, de psiquiatría del Hospital Infanta Sofía, de San Sebastián de los Reyes, a la supervisión de los médicos forenses de la propia Audiencia Provincial y al compromiso adquirido por la familia de dar cuenta al tribunal y al especialista clínico de la aparición de síntomas de descompensación en la enferma.

Transcurridos cuatro años desde entonces, el último informe facilitado por los médicos del Hospital Infanta Sofía tiene fecha del pasado día 3 de septiembre. Los médicos que atienden a Noelia de Mingo concluyen que a esa fecha la paciente «no presenta descompensación psicótica» y señalan que ha acudido puntual a la administración de la medicación, el antipsicótico que los médicos le han recetado y que se le pone cada cuatro semanas.

El brote psicótico ya ha remitido

En idénticos términos se había pronunciado días antes el Instituto de Medicina Legal de Madrid. Con fecha de 2 de julio de 2021, el Servicio de Especialidades de Psiquiatría Forense aclara en su informe que Noelia de Mingo «padece una enfermedad grave de curso crónico de la que en la actualidad no presenta sintomatología psicótica activa».

En la misma línea el informe recoge que la paciente había presentado justificante de la inyección mensual de antipsicóticos con que la tratan los psiquiatras del Hospital Infanta Sofía y la emplazan para una nueva valoración en un periodo de tres meses.

El informe elaborado en el día de hoy por el médico forense establece que la investigada «no padece una descompensación psicótica, si bien requiere la necesidad de un estudio posterior».

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