Terminal GNL de la regasificadora en Mugardos (La Coruña)
Terminal GNL de la regasificadora en Mugardos (La Coruña) - Reganosa
El Supremo anula el proyecto constructivo

Reganosa ve los reparos subsanables y solicitará una nueva autorización

El director general de la compañía limita el fallo a una cuestión «formal, no de fondo»

Vigo Actualizado: Guardar
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Reganosa trabaja ya en la solicitud de una nueva autorización después de que el Supremo anulase el proyecto de ejecución de sus instalaciones situadas en Mugardos (La Coruña). En una sentencia conocida ayer, el Tribunal da la razón en parte a la Plataforma de Vecinos O Cruceiro de Mehá y la Asociación de Vecinos San Esteban de Perlío, contrarios a la instalación de regasificadora, por cuanto entiende que el proyecto de ejecución de las instalaciones —autorizado por la Dirección General de Política Energética y Minas en 2004— no se adecuaba entonces al suelo urbanizable contemplado en el Plan General de Ordenación Municipal (PGOM). No obstante, desestima las razones esgrimidas por ambas entidades al respecto de su seguridad y efectos ambientales.

El fallo, que no es más que la consecuencia de otro emitido a principios de mes, y por tanto «las consecuencias judiciales de ambos son las mismas», en palabras del director general de la compañía, Emilio Bruquetas, es claro «al validar la tramitación ambiental y de instancias de seguridad». En ningún caso, señala el directivo relaciona los «defectos» encontrados con estas dos cuestiones; y en cuanto a la urbanística, el Supremo reconoce que «el vicio está subsanado».

De este modo, será el actual Gobierno en funciones quien en cuestión de días tenga que pronunciarse a favor de la autorización en la que ya trabaja Reganosa u ordenar su paralización, extremo que la empresa no contempla. Sobre la solicitud, Bruquetas que señaló que el fallo se limita a una cuestión «formal y no de fondo», descartaba ayer desde Vigo que vayan a tener problemas con la tramitación, ya que los reparos descritos por el Supremo «son subsanables».

Por otro parte, fuentes de la compañía mugardesa matizan que la aprobación del proyecto de ejecución fue tramitada una vez otorgada la autorización administrativa previa, por lo que esta sentencia «se refiere a la segunda fase del procedimiento». A lo que añaden que el Supremo insiste en que «sin duda» se tendrá en cuenta la modificación puntual del planeamiento urbanístico, confirmada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, con ocasión de la «nueva solicitud que se presente» por parte de Reganosa para ordenar su situación administrativa.

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