La titular del juzgado de instrucción número 1 de Lugo, Pilar de Lara
La titular del juzgado de instrucción número 1 de Lugo, Pilar de Lara - EFE

El TS echa por tierra la persecución de De Lara a políticos por los regalos de Monbús

El Tribunal archiva la pieza contra Barreiro y Blanco tras no apreciar delito alguno

Recuerda a la juez que lo relevante no es el valor del regalo, sino sus efectos

Santiago Actualizado: Guardar
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La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha propinado el enésimo varapalo a la juez Pilar de Lara al echar por tierra la cacería que había emprendido contra representantes políticos del ámbito gallego y estatal, a los que acusaba de presuntos delitos de cohecho impropio por haber recibido regalos del empresario lucense Raúl López, dueño de Monbús, investigado en el marco de la «operación Cóndor». En un auto conocido ayer pero con fecha del pasado 17 de marzo, el TS ordena el archivo de la pieza que De Lara les había remitido referida a dos políticos aforados, el senador José Manuel Barreiro y el eurodiputado José Blanco, que habían sido obsequiados por el empresario con varias cajas de vino en sucesivos periodos navideños.

En esencia, los magistrados de la Sala consideran que no se ha cometido delito alguno, y de paso le imparten a la instructora lucense varias lecciones sobre la interpretación del Código Penal.

En su exposición razonada, De Lara consideró que los regalos a políticos por debajo de 400 euros «aun siendo un hecho reprobable moralmente no alcanzaría a revestir relevancia penal», mientras que superando ese umbral «sí merecería el reproche penal». Durante los registros practicados en la sede de Monbús, los agentes de Vigilancia Aduanera encontraron listados de obsequios navideños a políticos de todo color ideológico y ámbito de representación. Entre ellos aparecen Blanco, Barreiro y el también senador José Antonio de las Heras, teniente de alcalde de Guadalajara. La investigación les atribuía la recepción de lotes de vinos de alta gama en el periodo comprendido entre 2008 y 2013, algunos de ellos devueltos por sus destinatarios, según reflejan los informes de Aduanas.

Simple cortesía

El Supremo descarta que estemos ante un caso de cohecho impropio ya que «se trata de regalos navideños que responden a actos de cortesía y que no comprometieron la imparcialidad de los aforados en el ejercicio de las funciones públicas». Igualmente, subraya que «tampoco existe total conexión» entre las actividades del empresario de autobuses y «la función desempeñada» por los representantes políticos, por lo que «en ningún caso la finalidad del regalo fuera obtener la complacencia de la autoridad».

Yendo caso a caso, el TS explica que Blanco ya fue obsequiado cuando era diputado raso en las Cortes, y ya en aquel momento Monbús había sido adjudicataria de contratos de empresas del Ministerio de Fomento, organismo del que el lucense acabaría siendo ministro. De Barreiro, zanja la cuestión recordando que su cargo era portavoz de la oposición en el Ayuntamiento de Lugo. Y de De las Heras, recuerda que Guadalajara no renovó la adjudicación de líneas de transporte a Monbús, «dato relevante de que el regalo no predispuso favorablemente a la autoridad».

El Tribunal recuerda su propia jurisprudencia, según la cual para que se produzca cohecho impropio deben concurrir tres circunstancias: que el regalo se produzca al político o funcionario por su condición de tal; que el valor material del obsequio exceda el mero afecto, y que se produzca una conducta dolosa en respuesta a las dádivas recibidas, es decir, que se obre en consecuencia para beneficiar al autor de los regalos. Entiende el TS que «no existen indicios de la relación causal exigida por el tipo penal, más allá de la relación evidente de que los aforados eran cargos públicos». Tampoco cree que su valor sea excesivo, «ya que se encuentra dentro del marco de la adecuación social en los regalos navideños».

Por último, los magistrados lanzan un dardo a Pilar de Lara al reprocharle que «carece de sentido» su pretensión «de que esta Sala fije una cuantía para establecer la diferencia entre ilícito penal y reproche ético, sin atender a las circunstancias concurrentes» porque «lo relevante es que pueda condicionar el desempeño del cargo», algo que el TS descarta en este caso.

Noveno archivo

Con el archivo de esta pieza remitida al Supremo asciende a nueve el número de causas instruidas por Pilar de Lara que acaban en el dique seco tan pronto salen de su juzgado por falta de indicios, errores en la instrucción o prescripción de los hechos investigados. El TS ya mandó al cajón una pieza en febrero de 2015 que de nuevo señalaba a Barreiro, por una supuesta recepción de dinero por parte de Vendex, dentro de la macrocausa «Pokemon»; el TSXG le desmontó su causa contra la parlamentaria Paula Prado; y juzgados de La Coruña, Santiago, Orense y Carballiño han hecho lo propio con otras piezas separadas desgajadas del núcleo central de la «Pokemon», sin juzgar tras seis años de instrucción. A esto se suma la imputación en falso del exalcalde de Ferrol y hoy conselleiro de Política Social, José Manuel Rey Varela.

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