Junta local del PP de Vigo celebrada el pasado 3 de noviembre en la sede del Arenal
Junta local del PP de Vigo celebrada el pasado 3 de noviembre en la sede del Arenal - Twtter

Afiliados recurren la convocatoria del congreso del PP vigués

Piden amparo al Comité Regional de Derechos y Garantías de partido por «irregularidades». Acentúan la «imparcialidad» del actual presidente por su apoyo público a la candidata Elena Muñoz

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Tan solo unos días después de que la junta local del PP de Vigo fijase el 17 de diciembre la fecha del congreso en el que se elegirá al sustituto del actual presidente, José Manuel Figueroa, afiliados presentaban el sábado ante el comité regional de Derechos y Garantías del PPdeG una solicitud de amparo al entender que se están vulnerando sus derechos en relación a la convocatoria del cónclave.

En el escrito al que ha tenido acceso ABC, los firmantes recuerdan que el congreso debería haberse celebrado hace tres años, «habiendo transcurrido veinte meses desde el plazo fijado». Además, hablan de la «imparcialidad» del actual presidente con su «apoyo explícito» a la que por el momento es la única aspirante. Elena Muñoz oficializaba el pasado viernes su candidatura

sin que se descarten otras como la del exconselleiro Javier Guerra o la exdelegada de la Xunta Lucía Molares. En este sentido, el escrito apunta que el reglamento recoge que «la Comisión Organizadora debe garantizar a todos los candidatos la igualdad de oportunidades y asegurar la neutralidad de la organización del partido».

En el punto tercero se refiere a los defectos de la convocatoria y señala que no se respetaron los cinco días de antelación para convocar la junta, que se celebró el pasado 3 de noviembre, por lo que esta es «nula de pleno derecho». Sobre las posibles irregularidades en la celebración y aprobación de los acuerdos, cita la «falta de acreditación de los intervinientes, del quorum necesario, de la identificación de los votantes y de la negativa de la presidencia a votar otras alternativas propuestas por integrantes de la junta, tales como el cronograma de fechas y nombramiento de las personas que integrarían el comité organizador».

Un cuarto punto enumera los defectos del reglamento, cuya principal queja es que no se facilitó con anterioridad. Entienden, y así lo hacen constar, que «no hay justificación estatutaria» sobre el número de apoyos necesarios para convertirse en precandidato (70 avales) y candidato (200). Se quejan de que no haya un censo electoral de afiliados con derecho a voto, «que sea conocido y cerrado a la fecha de la convocatoria y que permita a los candidatos saber quiénes podrán votar en las elecciones a presidente del partido local». El escrito finaliza matizando que «este recurso no pretende la dilación del proceso, sino que se celebre con toda la garantía legal y fiabilidad para los derechos de los afiliados».

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