Covid-19

Restricciones y toque de queda por el coronavirus en Valencia para el fin de semana del 24 y 25 de julio

La Comunidad Valenciana agota la vigencia de las medidas antes de estrenar nuevas limitaciones el próximo lunes para frenar el avance del coronavirus

Ximo Puig recupera la mano dura con un toque de queda para 2,6 millones de personas hasta el 16 de agosto

Última hora del coronavirus, las restricciones y la vacunación en la Comunidad Valenciana

Imagen de archivo de la terraza de un local de hostelería en Valencia ROBER SOLSONA

T.J.

La Comunidad Valenciana encara un nuevo fin de semana bajo restricciones a la movilidad y a las interacciones sociales para frenar el avance de la quinta ola del coronavirus.

La Generalitat ha decidido prorrogar con el aval judicial todas las medidas en vigor durante tres semanas más , hasta el 16 de agosto, y extender el toque de queda a la mitad de la población a partir del lunes 26 de julio.

[Municipios con toque de queda durante el fin de semana del 24 y 25 de julio en Valencia, Alicante y Castellón]

No obstante, hasta esa fecha, siguen vigentes las limitaciones que se adoptaron a principios de mes , en un momento en el que la incidencia acumulada de la región se ha disparado hasta los 540 casos por cada cien mil habitantes, en un riesgo extremo de transmisión. Una tasa que incluso se triplica en algunas franjas de edad que todavía no han recibido la vacuna.

A continuación, detallamos las principales restricciones en las tres provincias para este fin de semana del 24 y 25 de julio .

Se limita la circulación de las personas en horario nocturno entre la una de la madrugada y las seis de la mañana en los siguientes municipios:

Provincia de Valencia

Alaquàs, Alboraia, Aldaia, Almàssera, Benaguasil, Benetússer, Benifaió, Buñol, Burjassot, Catarroja, El Puig, Gandia, L’Eliana, Meliana, Mislata, Moncada, Paterna, Picanya, Picassent, Puçol, Quart de Poblet, Requena, Ribaroja de Túria, Sedaví, Silla, Tavernes Blanques, Utiel, Valencia, Vilamarxant y Xirivella.

Provincia de Alicante

Sant Vicent del Raspeig.

Provincia de Castellón

Benicàssim.

[Consulta aquí los municipios que caen y se incorporan a este listado a partir del lunes 26 de julio]

En domicilios y espacios de uso privado y en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, no se podrán formar grupos de más de diez personas , salvo que se trate de personas convivientes o salvo que se trate de dos núcleos de convivencia.

Los locales de hostelería y restauración pueden abrir sus terrazas con todo el espacio permitido y los interiores al 50% de su aforo hasta las 00.30 horas -pueden aceptar pedidos hasta medianoche- y con un máximo de diez personas por mesa al aire libre y de seis en el interior. En el exterior la distancia entre mesas debe ser de 1,5 metros, mientras que en interiores se amplía a dos metros. El consumo en barra o fumar siguen prohibidos pero ya se permiten actuaciones de grupos musicales profesionales y DJs, aunque no los karaokes o bailar.

El ocio nocturno está cerrado aunque las discotecas y las salas de baile pueden adaptar su actividad a las limitaciones decretadas para la hostelería y la restauración.

Se prohíbe el consumo de alcohol en la vía pública está prohibido las 24 horas del día. También está prohibida su venta entre las 20 horas y las 7 horas del día siguiente, en todo tipo de establecimientos de venta al público, excepto en aquellos en los cuales la venta de bebidas alcohólicas esté destinada a su consumo en el local.

En los comercios, cines -en los que se pueden consumir palomitas y refrescos-, teatros, auditorios, parques temáticos, zoológicos, lugares de culto o sedes festeras, el aforo máximo es del 75% . En estas últimas, en el caso de que se lleven a cabo actividades asimilables a las de la hostelería, se regirán por el protocolo marcado para los bares con el horario de cierre que corresponda a los casales.

La actividad física y deportiva, practicada por libre o dirigida por un profesional, puede realizarse en grupos máximos de 15 personas en instalaciones cerradas, siendo obligatorio el uso de la mascarilla, o de 25 personas en instalaciones abiertas o al aire libre, no siendo exigible el uso de mascarilla.

En las instalaciones deportivas cerradas, el aforo máximo permitido es de un 50%, el mismo para los vestuarios y las duchas. En las piscinas, del 75%.

Los velatorios y entierros pueden realizarse con un aforo limitado al 50% y un máximo de 50 personas en espacios al aire libre y de 25 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes, garantizándose la distancia interpersonal de seguridad y medidas de higiene. Las ceremonias no religiosas también se realizan con el aforo restringido al 50%.

Los mayores de seis años están obligados al uso de mascarillas en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público y en aquellos al aire libre en los que no se pueda guardar la distancia de seguridad de 1,5 metros.

Pese a que ya no es obligatoria en exteriores , la Generalitat recomienda su uso en ambientes urbanos, excepto en playas y espacios naturales.

No se puede fumar en la vía pública, terrazas, playas u otros espacios al aire libre, cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de, al menos, dos metros . Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cerrados.

En los vehículos de uso privado, la ocupación máxima será la que permite el número de plazas autorizadas del vehículo. En los vehículos en que, por las características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otras, podrán viajar como máximo 2 personas, siempre que los ocupantes utilicen mascarillas y mantengan la máxima distancia posible.

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