Covid-19

Confinamiento en Valencia: restricciones en los 31 municipios con mayor incidencia del coronavirus

Las localidades tendrán más limitaciones además de las normas comunes para toda la Comunidad Valenciana

Última hora del confinamiento por coronavirus en la Comunidad Valenciana

Imagen de archivo de un coche de la Guardia Civil de Alicante JUAN CARLOS SOLER

Irene Medina

La Generalitat Valenciana ha acordado restricciones excepcionales en 31 municipios donde se ha detectado transmisión comunitaria del coronavirus y preocupa especialmente la evolución de la pandemia.

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En estas localidades estarán en vigor las normas comunes para el resto de la Comunidad Valenciana, como el confinamiento perimetral , pero además se han acordado medidas especiales.

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Estas restricciones entrarán en vigor a la medianoche del 31 de octubre y permanecerán activas, en principio, durante catorce días naturales.

Municipios afectados

Castellón: Onda, Morella, Nules y Vinaròs.

Valencia: Guadassuar y Algemesí.

Alicante: Crevillent, Elx, Elda, Ibi, Muro de Alcoi, Petrer, Pinoso y los 18 municipios del departamento de salud de Orihuela -Albatera, Algorfa, Almoradí, Benejúzar, Beniferri, Bigastro, Callosa de Segura, Catral, Cox, Daya Nueva, Daya Vieja, Dolores, Granja de Rocamora, Jacarilla, Rafal, Redován, San Isidro y Orihuela y sus pedanías, excepto Torremendo y Orihuela Costa, que pertenece al departamento de Torrevieja-.

Velatorios y entierros

Limitación de un tercio del aforo , hasta veinticinco personas, en entierros y velatorios celebrados en espacios abiertos y hasta 15 personas en cerrados.

Celebraciones

Las ceremonias podrán realizarse en instalaciones públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o cerrados, siempre que no se supere el treinta por ciento de su aforo con un máximo de treinta personas.

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Hostelería

En los establecimientos de hostelería y restauración, las terrazas tendrán un aforo máximo del cincuenta por ciento y de un tercio en el interior de los establecimientos. Además, no se permiten los servicios tipo self-service o bufet .

Hoteles

En los establecimientos hoteleros y alojamientos turísticos, las zonas comunes no podrán superar un tercio de su aforo. Además, en los alojamientos que ofrecen habitaciones colectivas las personas pertenecientes a distintos grupos de convivencia no podrán pernoctar en la misma estancia.

Comercio minorista

En locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales que no formen parte de centros y parques comerciales, deberán reducir a un tercio el aforo total en los establecimientos y locales.

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Mercadillos

Los mercadillos se podrán instalar hasta un máximo del cincuenta por ciento de los puestos habitualmente autorizados, pudiendo, alternativamente aumentar el espacio disponible, de manera que se produzca un efecto equivalente para garantizar que se mantenga la distancia de seguridad y se eviten las aglomeraciones .

Centros comerciales

En el caso de parques y centros comerciales, el aforo será de un tercio. Además, no se permitirá la permanencia de clientes en las zonas comunes , incluidas las áreas de descanso excepto para el mero tránsito entre los establecimientos comerciales, y las zonas recreativas, como parques infantiles, deberán estar cerradas.

Imagen de archivo de una terraza de Alicante JUAN CARLOS SOLER

Espacios culturales

También estarán a mitad de aforo las bibliotecas, los museos, salas de exposiciones, las visitas y otros actividades a monumentos y otros espacios culturales, los cines, teatros, auditorios, circos con carpa y espacios similares y establecimientos destinados a actos culturales y espectáculos al aire libre. En los recintos donde se celebren espectáculos y actos, el público deberá permanecer sentado .

Actividad deportiva

En cuanto a la actividad deportiva no profesional ni federada, en las instalaciones interiores el aforo será de un tercio. Las actividades grupales deportivas estarán retringidas a seis personas y no se permite el uso de vestuarios ni de duchas . Las competiciones y eventos deportivos se celebrarán sin público.

Centros recreativos turísticos

Los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios pueden abrir al público hasta el límite de aforo del cincuenta por ciento en instalaciones cerradas y al aire libre. Respecto a los guías turísticos, las actividades se concertarán, preferentemente, mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de seis personas.

Congresos y eventos

La celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos se llevará a cabo sin superar un tercio del aforo en cada uno de los pabellones de congresos, salas de conferencias o multiusos, y otros establecimientos e instalaciones similares, incluyendo las de las instituciones feriales de la Comunidad Valenciana.

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También se aplicará a actividades y talleres informativos y de divulgación en el ámbito de la investigación científica y técnica, el desarrollo y la innovación, dirigidos a todo tipo de público.

Casas de apuestas

Podrán desarrollarse las actividades en casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado en cada una de las salas. La ocupación máxima de cada mesa será de seis personas.

Piscinas recreativas

Las piscinas para uso recreativo, piscinas de hoteles, alojamientos turísticos y piscinas de urbanizaciones deberán respetar el límite de un tercio de su capacidad de aforo para las piscinas cerradas y del cincuenta por ciento en las que son al aire libre tanto en lo relativo a su acceso como a la práctica recreativa. No se podrá hacer uso de las duchas ni de las fuentes de agua.

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Academias y autoescuelas

En cuanto a las academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada, la actividad podrá impartirse de modo presencial siempre que no se supere un tercio del aforo máximo permitido.

Residencias

En los centros residenciales se suspenderán las visitas , manteniendo únicamente las estrictamente necesarias por razones sanitarias, las de acompañamiento en situación de fallecimiento inminente, las de alivio de la descompensación neurocognitiva cuando lo considere el equipo asistencial o las visitas a residentes con infección resuelta en los últimos tres meses, extremando las medidas de precaución.

Se podrá autorizar el acercamiento de familiares con cita previa para contacto visual, sin contacto físico y con las máximas medidas de prevención frente al coronavirus, siempre que sea posible en espacios al aire libre

Además, se suspende la actividad de los centros de día para personas mayores, centros especializados de atención a los mayores (CEAM), centros integrales de mayores (CIM), y hogares/clubs de convivencia para personas mayores, independientemente de su titularidad y tipología de gestión

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