El Govern catalán consuma su estratagema y alega «imposibilidad legal» para acatar la sentencia del 25%

El consejero catalán de Educación impone a los centros que aplican el bilingüismo por vía judicial que dejen de hacerlo

Ordena a los colegios y los institutos, públicos y concertados, que no acaten el fallo del TSJC

Editorial: «Silencio del Gobierno ante la nueva trampa lingüística»

Josep Gonzàlez-Cambray, consejero de Educación, hoy, durante la rueda de prensa tras la reunión del Govern EFE

Esther Armora y Daniel Tercero

El Govern alegó este martes, último día del plazo fijado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para la ejecución forzosa, que no puede aplicar la sentencia de diciembre de 2020, que obliga a la Consejería de Enseñanza a implantar un 25% de español, como mínimo, en todo el sistema de enseñanza y una asignatura troncal o análoga en este idioma. La estratagema de la Generalitat consiste en pedir a los magistrados la «imposibilidad legal de ejecutar la sentencia», al amparo del artículo 105 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, debido a un «marco normativo» nuevo, creado por el propio Govern: el decreto-ley aprobado el lunes que señala expresamente «la inaplicación de parámetros numéricos, proporciones o porcentajes en la enseñanza y el uso de las lenguas».

Con esta base, hoy también, el consejero del ramo, Josep Gonzàlez-Cambray, envió un escrito a los centros educativos informándoles de la alegación presentada ante el TSJC y dándoles unas instrucciones para impedir el bilingüismo en los colegios y los institutos, públicos y concertados, y revertirlo en los que lo aplican –unos 47 por orden judicial, según el consejero, y un puñado más por propia voluntad– imposibilitando que los proyectos lingüísticos de los centros apliquen el 25% de español, si quieren que la Consejería valide sus proyectos antes del inicio del curso 2022/2023.

El Govern bloquea, al menos de momento hasta que se pronuncie el TSJC sobre estas alegaciones, la aplicación del 25% de español en todo el sistema, pese a que la sentencia es firme desde 2021. Y abre una vía de inseguridad jurídica e incertidumbre total, en los colegios y entre los profesores y las familias. Una posible respuesta del TSJC es elevar una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional. A su vez, este miércoles está previsto que la Asamblea por una Escuela Bilingüe, asociación legitimada en la causa de la ejecución forzosa, denuncie ante el TSJC lo que considera el incumplimiento flagrante de una sentencia firme.

Por su parte, Gonzàlez-Cambray, que durante la rueda de prensa posterior a la reunión semanal ordinaria del Govern, se mostró seguro de que la estratagema planteada es la ganadora, se atrevió a enviar un mensaje a los magistrados que deben decidir sobre esta: «El TSJC, lo que tiene que hacer, es velar para que todo el mundo cumpla la nueva normativa». Y no escondió el objetivo político del decreto-ley y las instrucciones enviadas a los centros: «Las nueva normativa nos ha de servir para no aplicar ningún porcentaje lingüístico».

A la espera de lo que decida el TSJC, la Consejería de Educación cuenta con recibir, esta semana, las primeras respuestas a las instrucciones enviadas a los colegios y los institutos para burlar la sentencia de 2020. Básicamente, además de informar del nuevo marco normativo, las instrucciones incluyen siete preguntas que los directores tienen que responder, con un 'sí' o un 'no', para que el departamento autonómico valide los proyectos lingüísticos.

Las siete preguntas

Si las respuestas son todas positivas, el proyecto lingüístico en cuestión quedará validado directamente por la Consejería de Educación. Pero si hay alguna respuesta negativa, el centro tendrá que ajustar el proyecto y en un plazo máximo de seis meses. Para ello, la dirección escolar contará con el asesoramiento de la Consejería.

Así, una de las siete preguntas, la que afecta directamente al 25% de español, es: «¿El proyecto lingüístico evita la utilización de porcentajes en la enseñanza y el uso de las lenguas?». Contestar 'no' a esta pregunta supondrá la nulidad efectiva en la práctica del proyecto lingüístico, lo que impedirá que se cumpla el precepto constitucional y estatutario que fija, según han interpretado todos los tribunales, el modelo de conjunción lingüística o bilingüismo con español y catalán como lenguas vehiculares.

Las otras seis preguntas que se incluyen en el cuestionario enviado a los directores de los colegios y los institutos son: «¿El proyecto lingüístico prevé que el catalán, como lengua propia de Cataluña, es la lengua normalmente utilizada como lengua vehicular y de aprendizaje?»; «¿El proyecto lingüístico prevé que el catalán, como lengua propia de Cataluña, es la lengua de uso normal en la acogida del alumnado recién llegado?»; «¿El proyecto lingüístico prevé un uso curricular y educativo tanto del catalán como del castellano?»; «¿El proyecto lingüístico incorpora criterios exclusivamente pedagógicos y desde un abordaje global, integrador y de transversalidad curricular para determinar la presencia y el trato de las lenguas oficiales?»; «¿El proyecto lingüístico tiene en cuenta la diagnosis de la realidad sociolingüística del centro?»; y «¿El proyecto lingüístico tiene en cuenta los resultados de las pruebas y evaluaciones periódicas, tanto internas como externas, en las diferentes etapas educativas?».

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