tribunal supremo

La Fiscalía recurre ante el Supremo el tercer grado de los presos del «procés»

Quiere evitar que se transmita a la sociedad que su desafío puede «quedar impune»

Jordi Sànchez, en una salida reciente de la cárcel de Lledoners EFE

J.Hierro

La Fiscalía ha recurrido ante el Tribunal Supremo el tercer grado que la Consejería de Justicia de la Generaliatat concedió a los siete líderes independentistas presos en la cárcel de Lledoners y que la juez de vigilancia penitenciaria avaló la semana pasada. Para el Ministerio Público sería prematuro dejar ya en semilibertad a los presos secesionistas después de que hubieran cometido delitos de «extrema gravedad», como el de sedición, por el de fueron condenados, y ante el riesgo de que se transmita a la sociedad que su desafío "queda impune".

El Ministerio Público desarrolla su argumentario en los siete recursos presentados ante la sala segunda del Supremo, tribunal que les juzgó y condenó, y al que corresponde ahora revisar la clasificación penitenciaria de los presos del procés. El fiscal insiste en que se les revoque la semilibertad para evitar «transmitir a la sociedad que puede quedar impune el haber convertido la propia voluntad en ley fuera de los cauces legalmente establecidos».

La juez de vigilancia avaló la semana pasada el tercer grado de los exconsejos Oriol Junqueras, Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Turull y Josep Rull y de los Jordis, los siete líderes secesionistas de Lledoners, aunque lo mantuvo suspendido a la espera de que resuelva el Supremo, tras los recursos que la Fiscalía ahora ha presentado.

Para el fiscal, el tercer grado, que les permitirá salir a diario de prisión y dormir los fines de semana en casa, es más que prematuro. En el caso de Junqueras, por ejemplo, recuerda en su recurso que hasta el 30 de enero de 2012 no habrá cumplido una cuarta parte de la condena de 13 años de cárcel que le impuso el Supremo, y que su libertad definitiva no se produciría hasta octubre del 2030.

De confirmarse el tercer grado, para el fiscal, quedaría en entredicho el fin retributivo y de prevención general de las penas de prisión y del derecho penal en su globalidad. Y es aquí donde la Fiscalía responde al duro auto en el que la juez de vigilancia penitenciaria había desestimado su intención de tumbar la semilibertad que les había concedido la Generalitat. Los fines de prevención general y especial, recalca la Fiscalía, no son aspectos, como decía la juez, «más propios de un sistema decimonónico e histórico del Estado anterior al siglo XVV (...), sino que son fines propios de la pena». Y en el caso de Junqueras, pero también en el del resto de presos del procés, «la progresión a tercer grado es incompatible con la necesaria realización de los fines retributivos y de prevención general».

El delito de sedición es de «extrema gravedad» , recuerda la Fiscalía, pues los líderes independentistas atacaron en su desafío el «orden público» y el «adecuado funcionamiento de las instituciones». Fue «la primera vez en la historia de la democracia española en que se comete este delito, y por su extrema gravedad debe ser objeto de un importante reproche », sostiene el Ministerio Público en sus recursos.

Por consiguiente, la Fiscalía cree que no se puede transmitir a la sociedad que ese desafío al orden constitucional «puede quedar impune», ya que la legalidad «es condición necesaria para la existencia de la libertad política» .

Todo ello en relación a los fines retributivos y de prevención de la pena, pero la Fiscalía también discute que los presos estén reeducados y resocializados, como sostenía la juez, pues su capacidad de vivir respetando la ley «difícilmente se puede predicar» ya que «no hay una auténtica asunción delictiva» .

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