Independencia Cataluña

¿Y ahora qué? Estos son los pasos que prevé la Ley de Transitoriedad catalana hacia la independencia

Puigdemont ha anunciado que seguirá adelante con la secesión, aunque la deja en suspenso para establecer un diálogo

Según la ley catalana, suspendida por el TC, ahora comienza un proceso de varios meses hacia la ruptura definitiva

AFP

ABC.es

Ahora que Puigdemont ha asegurado que quiere seguir adelante con la secesión, conviene recordar qué dice la Ley de Transitoriedad catalana ( suspendida por el TC ). Según el texto, aprobado en el Parlament en una sesión convulsa, ahora se inicia un «proceso participativo» de seis meses que desembocará en elecciones constituyentes hacia la independencia. [ Sigue en directo todas las reacciones a la declaración de independencia de Cataluña de Puigdemont ]

Ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República no es muy explítica en cuanto a los pasos que se van a seguir a partir de ahora. Según el artículo 85 (Título VII de la norma), «una vez celebrado el referéndum y en caso de resultado favorable de la opción independentista, el Gobierno de la Generalitat activará un proceso constituyente, democrático, de base ciudadana, transversal, participativo y vinculante, con el objetivo de redactar y aprobar la Constitución de la República».

Esto es básicamente lo que ha anunciado hoy Puigdemont: seguir adelante con el «mandato» que la consulta ilegal y carente de garantías le dio.

En el siguiente artículo, el 86, se dan más pinceladas sobre lo que puede ocurrir a partir de ahora. «El proceso constituyente consta de tres fases sucesivas : una primera, de proceso participativo; una segunda, de elecciones constituyentes y de elaboración de una propuesta de Constitución por parte de la Asamblea Constituyente; una tercera, de ratificación de la Constitución por medio de un referéndum».

Por lo tanto, según la Ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República, desde hoy mismo comienza un «proceso participativo» que se extenderá durante seis meses más .

«El Parlamento amparará las diferentes fases del proceso –dice el artículo 87.1–, velando por el desarrollo de la fase participativa que tendrá lugar durante los seis meses posteriores a la proclamación de los resultados del referéndum. Esta constará de un proceso deliberativo a nivel sectorial y territorial, y la subsiguiente convocatoria de un Foro Social Constituyente formado por representantes de la sociedad civil y de los partidos políticos».

No está muy claro en el que consiste este proceso, pero según el propio Puigdemont , el primer paso consiste en establecer un diálogo con el Estado español después de asumir el mandato del pueblo de llevar a Cataluña a convertirse en un Estado independiente en forma de república.

«Finalizado el proceso participativo –establece el artículo 88.1–, el Presidente o Presidenta de la República disuelve el Parlamento y convoca elecciones constituyentes . La Asamblea constituyente se compone del mismo número de miembros que el Parlamento disuelto. Se eligen siguiendo el régimen electoral ordinario».

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