Piden a la Junta igualar a las familias monoparentales con las numerosas

El Procurador del Común recomienda al Gobierno regional el desarrollo reglamentario de la Ley de Apoyo a las Familias y se establezca un título oficial acreditativo

EFE

ABC

El Procurador del Común recomienda a la Junta que valore llevar a cabo el desarrollo reglamentario que permita extender los beneficios previstos para las familias numerosas a las monoparentales y se establezca un título oficial acreditativo «con un contenido mínimo y necesario que asegure su eficacia, así como generar un carné personal de familia monoparental para cada uno de sus miembros que tenga los mismos efectos que el título».

La institución que dirige Tomás Quintana pudo constatar, a partir de una queja recibida al respecto, que pese a que el artículo 42.3 de la Ley de Medidas de Apoyo a las Familias de Castilla y León dispone que «la Administración de la Comunidad establecerá un título que permita acceder al disfrute de los beneficios previstos para las personas que formen parte de las familias monoparentales. El contenido mínimo y necesario para asegurar la eficacia del título se determinará en el desarrollo reglamentario de la presente Ley», la realidad es que, hasta el momento, no se ha establecido dicho título, que permitiría acceder a beneficios propios y de otras administraciones públicas en materia de transporte, acceso a bienes y servicios sociales, culturales, deportivos y de ocio.

Además, observa la Defensoría y señala en un comunicado, que aunque el concepto de familia numerosa recogido en el artículo 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, incluye supuestos de monoparentalidad, ya sean de origen, o derivados de la ruptura de una relación matrimonial por separación, divorcio o fallecimiento de uno de los progenitores (un ascendiente con tres o más hijos, un ascendiente con dos hijos en el caso de que uno de ellos sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar, el padre o madre separados o divorciados con tres o más hijos), lo cierto es que en la actualidad aun quedan al margen otros supuestos de monoparentalidad diferentes.

En la ley

Por otro lado, se advierte que el artículo 35.5 de la Ley de Medidas de Apoyos a las Familias de la Comunidad de Castilla y León prevé que «reglamentariamente se podrán extender todos o algunos de los beneficios establecidos para las familias numerosas de la Comunidad en el presente Capítulo a otros tipos de familias, en los casos en que sus especiales circunstancias o características lo justifiquen».

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