La madre de Sara condenada a 28 años de cárcel y su expareja a permanente revisable

El jurado popular consideró a ambos culpables del asesinato de la pequeña en Valladolid en 2017. Él como autor material de la brutal paliza y ella por comisión por omisión

Los dos condenados durante el juicio junto a sus abogados POOL

M. Gajate

La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a 28 años de cárcel a la madre de la pequeña Sara fallecida a causa de una brutal paliza en agosto de 2017 , mientras que para su expareja se ha dictado la prisión permanente revisable. El jurado popular consideró culpables a ambos de asesinato. Él -Roberto H. H.-, como autor material y ella -Davinia M. G.- por omisión, al no haber protegido a la pequeña de unos malos tratos que «sabía que él podía» estar causándole y que acabaron provocando su muerte.

Las penas impuestas coinciden con la petición de condena del Ministerio Fiscal tras el veredicto del jurado el pasado 27 de mayo tras casi tres días de deliberaciones que concluyeron con la culpabilidad de ambos. Se trata de la primera ocasión en la que se impone la prisión permanente revisable en Castilla y León, que la sentencia le impone exclusivamente a él , pese a que las acusaciones populares también la habían reclamado para la madre.

El magistrado presidente del tribunal del jurado ha tenido en cuenta en el caso de Davinia los dos atenuantes derivados del veredicto del jurado: obcecación -por su dependencia con el que fue el verdugo de su hija- y confesión -ya que inicialmente colaboró con la investigación policia l por malos tratos, pese a que señaló hacia el padre de la niña que no estaba en el país y ocultó a su entonces pareja y condenado-. Con ello, se rebajan un grado las penas, que consisten en 25 años de prisión por un delito de asesinato y dos años y once por tres maltrato con lesiones y uno maltrato habitual. En todos los casos es autora por comisión por omisión.

En lo que respecta a Roberto, concurre el agravante de odio tras quedar probado por el jurado su rechazo a las personas de origen rumano , nacionalidad del padre de la pequeña. Con ello, a la prisión permanente revisable como autor de un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, se suman 22 años de prisión por cuatro delitos de maltrato a persona especialmente vulnerable, uno maltrato habitual y uno delito de agresión sexual a menor de 16 de años.

Roberto y Davinia deberán indemnizar de manera conjunta al padre de la menor con 85.000 euros y a la hermana de la niña, que entonces tenía doce años, con 70.000 euros.

El magistrado-presidente no priva de la patria potestad ni de la prohibición de comunicación de la condenada respecto de su otra hija al aplicar la jurisprudencia del Tribunal Supremo que exigiría para ello que ella hubiera sufrido los hechos o presenciado los mismos -los cuales declaró no haber visto, ni oído pese a encontrarse en el domicilio cuando la niña entró en parada cardiorrespiratoria fruto de varios golpes en la cabeza-. Además, Davinia no ha sido considerada autora material de los delitos, concluye la sentencia

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