La Junta recurrirá el auto judicial que acuerda no ratificar las medidas restrictivas para Pesquera

El Juzgado número 2 de lo Contencioso Administrativo de Valladolid rechazó el confinamiento del municipio vallisoletano al no estar «justificado»

Una de las calles del municipio vallisoletano de Pesquera de Duero GOOGLE MAPS

H. D.

La Junta de Castilla y León ha decidido recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León el auto dictado por el Juzgado número 2 de lo Contencioso Administrativo de Valladolid , que acuerda no ratificar las medidas contenidas en la orden aprobada por el Gobierno regional, por la que se adoptaban medidas sanitarias preventivas para la contención de la Covid-19 en el municipio de Pesquera de Duero (Valladolid), han señalado fuentes de la Consejería de Sanidad.

En el auto, el juez alegaba que «las medidas adoptadas no guardan la más mínima relación, no tienen la más mínima justificación técnica» y añade que «un informe de situación epidemiológica, por muy bueno y completo que sea (y este no lo es), debe sustentar cada una de las decisiones que se toman. Y nada de esto se ha hecho».

Además, el juez señala que «no se comparte, en absoluto, la afirmación de la administración demandada referida la proporcionalidad intrínseca de las medidas que se han adoptado con la finalidad para proteger el derecho a la vida e integridad física».

En el auto, al que ha tenido acceso Ep en fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), se explica que no resulta viable jurídicamente la ratificación de las medidas adoptadas por la Junta de Castilla y León «al ser notablemente desproporcionadas y estar insuficientemente justificadas».

Para ello, el juez expresa diversas razones, la primera de ellas el hecho de que la orden de la Junta contiene la misma exposición de motivos que todas las demás que ha ido dictando.

«No supone más que un texto reiterado y abstracto seguido de unas decisiones concretas, que ni siquiera en su motivación alude al municipio al que se refiere», afirma en el auto, en el que añade que se utiliza tanto para el municipio de Valladolid como Salamanca o Pesquera, de manera que «vale para todo parece ser».

Entre otras razones, el juez apunta que la orden adoptada no contiene en la exposición de motivos ni en ningún apartado de su articulado una remisión a informe epidemiológico o dato alguno que la sustente o justifique y recuerda que en el procedimiento sobre la prórroga de las medidas en Valladolid la Junta ha «confesado» que existe un retraso en el Servicio Territorial de Sanidad de Valladolid y en la introducción de datos de casos nuevos en la provincia en la base de datos de vigilancia epidemiológica.

Menos fundado que en Valladolid

Asimismo, asegura que el informe que se pretende sirva de base para una afectación, para una restricción singularmente intensa o privación del derecho a la libertad, a la libertad de circulación y de reunión de las personas residentes en Pesquera de Duero, «es significativamente más pobre, menos motivado, menos fundado y menos detallado que el aportado para el término municipal de Valladolid, cuando las restricciones ordenadas en este último lugar no son tan intensas».

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