Arte

Nueva sentencia contra la Generalitat por el expolio del convento de Sijena: sus frescos deben volver a Aragón

La Audiencia de Huesca ha rechazado los recursos de Cataluña, pero hasta que no haya sentencia firme, los frescos seguirán en Barcelona. El caso se alargará varios años, ahora ante el Supremo

Parte de los valiosos frescos románicos de Sijena, que siguen en el Museo Nacional de Arte de Cataluña Efe
Roberto Pérez

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La Justicia ha vuelto a sentenciar contra la Generalitat catalana por el expolio del Monsaterio de Sijena (Huesca) , el histórico cenobio del Reino de Aragón que, en las primeras semanas de la Guerra Civil, fue incendiado y saqueado por columnas anarquistas llegadas desde Cataluña . Aquello fue el principio de una cadena de expolios de su rico patrimonio artístico, que, tras una larga batalla judicial, ha acabado acorralando a la Administración catalana.

La Audiencia de Huesca acaba de ratificar la sentencia que dictó en 2016 el juzgado número 2 de la capital oscense , que dio la razón a Aragón y ordenó que las valiosas pinturas murales de Sijena sean devueltas a ese monasterio. Esos frescos fueron expoliados en 1936 y permanecen en el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) .

Cuatro años ha necesitado la Audiencia de Huesca para resolver el recurso que el MNAC y la Generalitar presentaron contra la primera sentencia. Ahora pueden intentarlo de nuevo con otro recurso, en este caso el de casación ante el Tribunal Supremo. Se da por descontado que las autoridades catalanas van a agotar esta vía . El nuevo recurso ante el Tribunal Supremo demorará el caso entre dos y tres años más. Y, mientras tanto, las pinturas murales de Sijena seguirán en Barcelona, en el MNAC que controla la Generalitat pero en cuyo patronato también participa el Ministerio de Cultura.

El mismo juzgado que dictó la primera sentencia contra la Generalitat por los frescos de Sijena determinó que esas pinturas seguirán en el MNAC hasta que haya sentencia firme. Es decir, hasta que se hayan agotado todos los recursos posibles y haya un fallo definitivo, ya que el traslado de esas pinturas es una operación técnicamente muy compleja y delicada.

Este pleito enfrente a la Generalitat y al MNAC, por un lado, con el Gobierno aragonés y el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, por otro. Estos dos últimos están representados en el proceso judicial por los abogados Abel Garriga y Jorge Español.

Pinturas de valor excepcional

Los frescos de Sijena están considerados por los expertos como las pinturas murales románicas más importantes de España, y de las más valiosas de Europa. Fueron arrancadas de los muros de ese monasterio en dos tandas: la primera, en 1936, en los primeros días de la Guerra Civil, cuando el convento de Sijena fue asaltado e incendiado por columnas anarquistas llegadas desde Cataluña. Con el pretexto de ponerlas a salvo, las pinturas fueron arrancadas y acabaron en manos de la Generalitat . Unas décadas después, en 1960, ya durante el franquismo, se decidió retirar el resto de pinturas que quedaban y agruparlas junto al resto en Barcelona, con intención de unificar su conservación.

Hace más de 20 años, Aragón empezó su particular batalla legal para reclamar el abundante arte que tiene retenido en Cataluña. Eso se ha sustanciado en dos grandes litigios: el de los «bienes de la Franja» , más de 100 obras de arte sacro de la Diócesis de Barbastro-Monzón, que están retenidos en el Museo de Lérida; y el del arte expoliado del Monasterio de Sijena, que a su vez se articula en dos pleitos judiciales, uno por las piezas conocidas como «bienes de Sijena» , y otro por las pinturas murales.

Enrevesados litigios

Los «bienes de Sijena» ya regresaron a ese monasterio oscense en diciembre de 2017. Las autoridades catalanas se negaron a cumplir las órdenes judiciales de devolución, así que la Guardia Civil tuvo que entrar en el Museo de Lérida para rescatar esas obras de arte y llevarlas de vuelta a Sijena. Ese litigio está todavía en fases de recursos judiciales, pero en este caso la Justicia sí consideró que, mientras se esperaba la sentencia firme, los bienes debían volver provisionalmente a Sijena.

En el caso de los frescos no se ha adoptado esa orden de devolución provisional, porque se considera que es mejor esperar a que haya sentencia firme, a que se agoten los recursos. El motivo es la complejidad del traslado de esos frescos y el riesgo que conlleva. La Justicia considera mejor esperar que ordenar un traslado provisional.

Lo que ha dejado claro la Audiencia de Huesca es que ni uno solo de los argumentos esgrimidos por la parte catalana es válido para arrogarse la propiedad ni la posesión de esas valiosas pinturas murales. El argumento jurídico esencial es que esos frescos son parte indivisible del Monasterio de Sijena, por haber sido declarado monumento nacional en 1923. Esa declaración protege como un todo unitario tanto el edificio como el arte que hay en él.

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