La suspensión del tercer grado tiene efectos inmediatos

Estas son las consecuencias de la decisión de la juez de Vigilancia Penitenciaria de Barcelona sobre los presos del «procés»

El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras

Daniel Tercero

Esta funcionalidad es sólo para registrados

La decisión de la juez de Barcelona de suspender el tercer grado de cinco de los presos del «procés» mientras resuelve el recurso del fiscal tiene una serie de consecuencias sobre los líderes independentistas y su horizonte penitenciario. Aunque la juez desestime el recurso, aún queda el Tribunal Supremo.

¿Qué implica la suspensión del tercer grado acordada por la juez de Vigilancia Penitenciaria?

Que los presos del «procés» deberán volver a la cárcel mientras esta misma juez resuelve sobre el fondo del asunto: la concesión de ese tercer grado. Cinco presos se sitúan en el estadio inmediatamente anterior al de ese tercer grado, que es en la cárcel, pero con la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario que les permitía trabajar o hacer voluntariado durante el día. Forcadell, por su parte, espera la decisión de otro juez, pero no tendrá el 100.2 y volverá al segundo grado sin beneficios, pues el Supremo se lo revocó la semana pasada.

¿Cuándo volverán a la cárcel?

La suspensión es inmediata, pero cabe la posibilidad de que al ser los trámites administrativos competencia de la Generalitat esta los demore para que coincidan con la resolución de la juez, con lo que si avala el tercer grado, no llegarían a entrar en la cárcel mientras dure esa suspensión.

¿Cuánto tiempo tiene la juez para resolver?

Le ha dado una tramitación «urgente» y «preferente» al recurso: en tres días, las defensas de los líderes del 1-O tienen que presentar alegaciones al escrito de la Fiscalía. Después, resolverá.

¿Anticipa la decisión de ayer que se revoque el tercer grado?

No. La juez simplemente ha accedido a una petición de la Fiscalía, que quedaría sin efecto (es decir, el tercer grado) si desestima el recurso.

¿Qué sucedería si avala el tercer grado?

La Fiscalía puede recurrir en apelación ante el Supremo, en calidad de órgano sentenciador, es decir, el que dictó sentencia y los condenó. En este caso, con el recurso la suspensión del tercer grado es automática, como señala la disposición adicional 5.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación