El Supremo pregunta al TSJ de la Unión Europea sobre el alcance de la inmunidad de Junqueras

Sin entrar a valorar la prueba, la Sala relata ante Luxemburgo los intentos de «obstaculizar» la acción de la Justicia

El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, durante el juicio del «procés»

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El tribunal de la causa del «procés» ha decidido plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el alcance de la inmunidad parlamentaria de Oriol Junqueras en relación con la concesión de un permiso penitenciario extraordinario de salida de prisión que solicitó para cumplir con los trámites como eurodiputado en el Parlamento Europeo. La semana pasada, los magistrados instaron a las partes a que se posicionaran respecto a este planteamiento, algo a lo que tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado se opusieron al considerarlo innecesario.

En su auto, la Sala formula tres preguntas al TJUE para determinar, en síntesis, la interpretación del artículo 9 del Protocolo número 7 cuando se refiere a la inmunidad de los eurodiputados «mientras el Parlamento Europeo esté en periodo de sesiones» y en el caso concreto de un acusado que ha resultado proclamado electo al Parlamento Europeo, pero que no ha cumplimentado los requisitos establecidos por la legislación electoral interna para adquirir la condición de parlamentario (imposibilidad derivada de su situación de prisión), y por tanto la Junta Electoral Central no ha comunicado al Parlamento Europeo dicha adquisición.

En caso de que el TJUE haga una interpretación extensiva de la inmunidad, la Sala pregunta también si la autoridad judicial que acordó la prisión resultaría obligada, a la vista de la expresión «cuando se dirijan al lugar de reunión del Parlamento Europeo o regresen de éste» del artículo 9 de dicho Protocolo, a levantar la situación de prisión en términos absolutos, de modo casi automático, para permitir el cumplimiento de las formalidades y desplazamientos al Parlamento Europeo sin ponderar otros intereses en juego como serían, entre otros, los derechos e intereses derivados del interés de la justicia y del debido proceso.

Sólo este permiso

La Sala recuerda ante el TSJ de la UE que el objeto de esta cuestión prejudicial se refiere a este permiso concreto, por lo que su tratamiento procesal es autónomo de la pieza principal del «procés». También lo es respecto a la pieza de situación personal de Junqueras, materia (su prisión preventiva) en la que el tribunal no tiene ninguna duda de que es procedente. La Sala recuerda que los delitos que se han juzgado son de naturaleza especialmente grave , como graves son las penas solicitadas. La concreción del riesgo, dice, se deriva del hecho de que varios coprocesados se han sustraído a la disposición del tribunal, gozando de apoyo y sustento político por las propias estructuras de poder del gobierno autonómico. A eso añade la «reiterada desconfianza hecha pública una y otra vez por el acusado acerca de la capacidad de este tribunal para garantizar un proceso justo. Con esa afirmación se hace bien visible la ausencia de toda voluntad por el señor Junqueras de permanecer a disposición de esta Sala».

En su auto, la Sala detalla los hechos por los que se ha juzgado a los procesados por delitos de rebelión (alternativamente de sedición), malversación y desobediencia, basándose en las afirmaciones de las acusaciones y sin que ello implique, como aclara el tribunal, una proclamación de su efectiva prueba . Cita así la importancia de las leyes de transitoriedad jurídica y del referéndum y lo que cada una de ellas concretaba. También incluye los incidentes que se produjeron con ciudadanos y agentes de la autoridad lesionados, en el caso de estos últimos cuand o trataban de cumplir «la expresa prohibición judicial» de celebración de ese referéndum. Y relata cómo con anterioridad a esas fechas, el día 20 de septiembre se sucedieron movilizaciones de miles de personas que querían «obstaculizar» la práctica de registros y detenciones que habían sido acordadas por la autoridad judicial.

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