El Supremo mantiene por unanimidad la decisión de dejar a Torra sin escaño

Rechaza de nuevo suspender el acuerdo de la Junta Electoral, lo que pone en el punto de mira la anunciada reunión de Pedro Sánchez con el presidente catalán la primera semana de febrero

Quim Torra, sentado en el banquillo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña EFE

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Joaquim Torra no podrá seguir siendo diputado de momento. Al menos, hasta que la Sala Tercera resuelva sobre la nulidad del acuerdo de la Junta Electoral solicitada por el presidente de la Generalitat. Este pronunciamiento afecta exclusivamente a su condición de diputado, y no a la de presidente de la Generalitat , porque la Junta Electoral dejó en manos del Parlament esta decisión. A esto se agarra Torra, apoyado por Roger Torrent , presidente del Parlament, para seguir al frente del Gobierno catalán.

Los magistrados de la Sala Tercera de lo Contencioso del Alto Tribunal han avalado por unanimidad el acuerdo de la JEC al rechazar las medidas cautelares solicitadas por Torra , y lo hacen en contra del criterio del fiscal, que no se opuso a esta suspensión alegando el perjuicio que supondría para el «president» la pérdida del acta si luego el Supremo acaba dándole la razón.

Fuentes jurídicas informaron de que los magistrados han rechazado la suspensión pedida por Torra porque los argumentos en los que se apoya su defensa se refieren principalmente al fondo del recurso y tendrán que ser afrontados en la sentencia que se dicte esta Sala. Segunda, porque esos argumentos guardan relación con la sentencia por la que fue condenado por el TSJC, es decir, con la vía penal, que es ajena a la de esta Sala Tercera (de lo Contencioso-administrativo).

Tampoco aprecian los jueces inconstitucionalidad los artículos 6.2 y 6.4 de la Loreg , aplicados por la Junta Electoral Central para ejecutar la inhabilitación de Torra. El primero de ellos considera inelegible al condenado por delitos contra la Administración Pública aun cuando la sentencia no sea firme. El presidente de la Generalitat fue condenado por desobediencia al negarse a retirar los lazos amarillos de los edificios públicos en pleno periodo electoral.

Asimismo, la Sala Tercera entiende que la decisión de quitar a Torra el escaño no crea una situación irreversible , y, sin embargo, acordar esa suspensión de la decisión de la JEC «supondría privar de efecto a preceptos legales vigentes» en referencia a la Loreg.

Es la segunda vez que el Supremo rechaza la petición de Torra y avala el acuerdo de la JEC. La primera fue el 10 de enero, cuando, por unanimidad, rechazó la suspensión cautelarísima (sin oír a las partes) solicitada al sostener que su defensa no había argumentado la especial urgencia para paralizar lo acordado por la administración electoral.

La inhabilitación de Torra como diputado, que no como «president», se conoce apenas tres días después de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunciara una reunión en Barcelona con Torra la primera semana de febrero. Pese al varapalo judicial contra Torra, Sánchez siempre ha mantenido que este sigue siendo presidente de la Generalitat y está «encantado» de poder mantener un encuentro con él.

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