El Supremo alegará en Alemania que Puigdemont autorizó los gastos del 1-O

El tribunal regional que ha denegado la entrega por rebelión pide a España que le aclare el delito de malversación, el único que posibilita juzgar al «expresident»

Puigdemont, en una imagen en una conferencia de prensa AFP
Nati Villanueva

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Cuando la Justicia española no había terminado de recuperarse del mazazo que ha supuesto que un tribunal regional de Alemania desautorice a la mayor instancia jurisdiccional de España, el Tribunal Supremo -al rechazar la entrega de Carles Puigdemont por rebelión- un nuevo movimiento de los jueces de Schleswig-Holstein arrojó ayer un poco más de incertidumbre ante el segundo de los delitos por los que el juez Pablo Llarena reclama al expresidente: el de malversación.

En el auto en el que acordó la libertad provisional de Puigdemont mientras decide sobre la solicitud de entrega, el tribunal cuestiona también la descripción de los gastos de la Generalitat expuesta por el magistrado en la euroorden. «(...) No contiene una descripción suficiente de las circunstancias en las que el delito fue cometido», señala el tribunal. Por este motivo pide una ampliación de los hechos al Alto Tribunal, una solicitud que fuentes jurídicas alemanas consideran «un paso procesal rutinario» en la tramitación de una orden de detención europea. Sin embargo, el delito de malversación, enmarcado por el juez Llarena en el genérico de corrupción, forma parte de la lista de 32 delitos en los que la entrega del reclamado debería ser automática.

Acuerdo trascendental

Fuentes del Supremo señalaron a ABC que el instructor y la Fiscalía del Alto Tribunal, esta última en estrecha colaboración con sus colegas alemanes, están trabajando ya en estas «aclaraciones fácticas» para dejar claro a la autoridad judicial alemana que Puigdemont es «responsable directo» de todos los gastos destinados a sufragar el referéndum del 1 de octubre, prohibido deforma expresa por el Tribunal Constitucional.

Según las citadas fuentes, en su escrito a los jueces alemanes, el Supremo vertebrará la imputación concreta a Puigdemont sobre el acuerdo de gobierno del mes de septiembre que autorizó a las distintas consejerías para que realizaran las acciones y contrataciones necesarias para la celebración del referéndum. Por lo tanto, es Puigdemont quien «impulsa y decide la aplicación de fondos públicos » y el reparto de la misma entre todos los miembros del govern». «Sin la autorización del entonces presidente ninguno de esos gastos habría sido posible», concluyen las fuentes citadas. En el auto de procesamiento, el juez Llarena cifró en 1,6 millones el dinero público invertido de forma ilegal.

Y a esos 1,6 millones se refiere la resolución de los magistrados alemanes, para quienes si bien la euroorden sí expone «claramente» que el acusado «fue corresponsable (al menos políticamente) de la generación de los costes» de la consulta ilegal», no queda claro, sin embargo, «si el Estado acarreó realmente con esos costes en tanto que fueron sufragados con cargo al presupuesto regional, y si el perseguido así lo dispuso». «Las leyes y el análisis legal enviado por las autoridades españolas no dejan claro si acordar el desembolso sin hacer el pago efectivo sería castigable según la ley española», señalan los jueces.

La audiencia territorial se hace eco de los argumentos expuestos por el propio Puigdemont en su primera y única declaración ante este tribunal, ante el que dijo que esos costes fueron sufragados por «donaciones privadas» y, por tanto, no le son achacables.

En el mismo auto, el tribunal descarta que en la petición de la justicia española para la extradición de Puigdemont exista una «motivación política». « No hay indicios de que, entre los actos criminales que las autoridades españolas imputan al acusado haya cargos que se le atribuyan con intención de detenerle por motivos políticos», subraya el texto. Además, destaca la relación de «confianza» y «reconocimiento mutuo» existente entre los Estados miembros de la UE, factores en los que se fundamenta la creación de un «espacio de libertad, de seguridad y de derecho». «Salvo en situación excepcionales, se da por sentado que el resto de los Estados miembros respetan el derecho comunitario y observan los valores fundamentales establecidos», concluye ese apartado de la resolución.

Lo cierto es que en el Tribunal Supremo todavía están intentando asimilar el durísimo varapalo que ha supuesto denegar la entrega del expresidente de la Generalitat por un delito de rebelión, que está recogido en el Código Penal germano como alta traición. «Lo que han hecho con el asunto de la rebelión es una injuria al ordenamiento jurídico español», señalaban ayer ABC fuentes del Ministerio Público.

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