Sánchez lleva ahora al Tribunal Constitucional una resolución del Parlament de julio

Pide que se advierta a Torrent y a la Mesa de consecuencias penales si desobedecen

La portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Celaá, ayer en el Consejo de Ministros EFE
Víctor Ruiz de Almirón

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El pasado 25 de julio el parlamento autonómico de Cataluña aprobó la la Resolución 534/XII en la que, en diferentes apartados, se ratificaba la defensa en el ejercicio del derecho de autodeterminación y se planteaba la reprobación de Felipe VI . Más de dos meses después, ya en precampaña electoral y en pleno endurecimiento del discurso respecto a Cataluña por parte del presidente del Gobierno, el Ejecutivo aprobó ayer dos incidentes de ejecución de sentencia ante el Tribunal Constitucional . El cerco sobre el presidente de la cámara, Roger Torrent, empieza a estrecharse.

No se trata de nuevos recursos, sino que se trata de un mecanismo previsto en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, por el que se solicita que «se declare la nulidad e inmediata suspensión» de esos apartados de dicha resolución. Se utiliza este recurso y no un nuevo recurso al entender «que ya existe doctrina» porque esas resoluciones ya incumplen sentencias del TC. En concreto las 259/2015, 136/2018 y 98/2019.

El Ejecutivo justifica la coincidencia en la toma de decisiones con el periodo electoral por la preparación jurídica . «El Gobierno ha determinado que este era el momento oportuno. Es tema suficientemente riguroso y serio como para que el Consejo se haya tomado su tiempo», aseguraba el ministro de Política Territorial y Agricultura, Luis Planas.

El Gobierno también avanzó su intención de recurrir las últimas resoluciones del parlamento catalán la semana pasada. En las que se pedía entre la expulsión de la Guardia Civil de Cataluña, la recuperación de la vía unilateral y el planteamiento de una amnistía si hay condena a los líderes del 1-O . Estas resoluciones fueron publicadas ayer en el Boletín Oficial del Parlamento de Cataluña justo cuando se estaba celebrando la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. El Ejecutivo no pudo actuar sobre ellas al no haber estado publicadas antes. Tras las advertencias de los medios a los ministros de que en ese mismo momento se había producido la publicación, el ministro Planas dejó claro que entendían que no era un movimiento casual y que, en cualquier caso, habría respuesta: «Qué bien cronometrada está la actuación del Parlament, también la de este Gobierno».

Pero el punto más relevante no es solo que se inicia el mecanismo para anular el contenido de dichas resoluciones. Sino que en dichos incidentes se solicita al TC que se advierta personalmente al presidente del parlamento autonómico, Roger Torrent, y a los miembros de la Mesa que deben «paralizar o impedir» cualquier iniciativa «jurídica o material» sobre estos asuntos. Y que se les informe respecto a las «eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir» en caso de dar cauce a nuevas iniciativas. El ministro Planas llegó a especificar que no hacerlo constituiría un delito de «desacato». Realmente el tipo delicitivo sería la «desobediencia», que es uno de los que tienen encima de la mesa los encausado por el 1-O.

La ofensiva jurídica contra el Parlament se complentó con nuevas advertencias a la Generalitat respecto a la posibilidad de aplicar medidas en caso de vulneración de la legalidad. La portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, aseguró que no necesitan «un informe específico» para valorar cómo responder a una posible quiebra de la legalidad. Pero sí insistió en que responderán a hechos, no a declaraciones. Volvió a exhibir la posibilidad de utilizar tanto el artículo 155 de la Constitución como la Ley de Seguridad Nacional, pero trasladó al independentismo la responsabilidad de que eso suceda: «Si no hay excepcionalidad no hay respuesta excepcional».

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