PP y Ciudadanos pedirán la inmediata suspensión de los presos independentistas electos

El Reglamento del Congreso obliga a separarles del cargo si están en la cárcel

La Policía supervisó la sala en la que los presos recogieron sus actas Reuters

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PP y Ciudadanos adelantaron ayer que en la primera reunión de la Mesa del Congreso exigirán que el órgano de dirección de la Cámara Baja decida de forma automática y urgente la suspensión de los cargos de los cuatro presos electos que en el 28-A fueron elegidos diputados y que ayer tomaron posesión de su acta: Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez.

Así lo anunciaron ayer los líderes de ambas formaciones: Pablo Casado , en una reunión con su grupo parlamentario, y Albert Rivera , en una comparecencia ante la prensa también en el Congreso. A última hora de la tarde, el PP tenía listo el escrito que presentará ante la Mesa, donde pedía la «inmediata suspensión de sus derechos y deberes parlamentarios». Para reclamar esa suspensión ambos aludirán a lo previsto en el artículo 21.2 del Reglamento del Congreso, y en el 384.bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECr), el artículo que ya les apartó del ejercicio de sus funciones como diputados autonómicos.

Fuentes próximas al tribunal del «procés» entienden que la suspensión de los presos como diputados tendría que ser automática . El citado artículo 21 del Reglamento de la Cámara, al que los propios magistrados aludieron en su auto de la semana pasada, parece claro en este sentido: «El diputado quedará suspendido en sus derechos y deberes parlamentarios (...) cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallare en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta».

Retorcer la ley

En este caso la Sala no consideró necesario tramitar el suplicatorio por el momento procesal en el que los presos electos se encuentran: en pleno juicio oral y lejos ya de la fase de instrucción en la que la tramitación de ese permiso a las Cámaras para juzgar a un parlamentario sí es obligatorio. Los diputados independentistas han superado ya esa fase de inculpados y procesados y de hecho están ya en la recta final del juicio, que previsiblemente quedará visto para sentencia el próximo mes de junio.

En cualquier caso, y antes de tomar una decisión, la Mesa solicitará un informe a los servicios jurídicos del Congreso, tal y como avanzó el pasado viernes ABC, y será este informe el que interprete los términos de este artículo. En su afán por retorcer la legalidad -precisamente la circunstancia que les ha sentado en el banquillo- es previsible que los presos aleguen que el artículo 21 menciona un suplicatorio que en su caso no se ha tramitado -por las razones antes expuestas-, y que su caso no responde a la literalidad de ese precepto. La solución no será pacífica, e incluso puede terminar en el tejado del TC vía recurso de amparo.

Los hoy presos electos ya fueron suspendidos de sus cargos de diputados autonómicos hace meses, cuando la Sala confirmó su procesamiento en virtud del artículo 384 bis de la LECr. «Firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión». Fue la primera vez que se aplicó este precepto para presos preventivos por un delito de rebelión y fue precisamente este artículo el que les impidió ejercer como diputados en el Parlament forzando la delegación de voto.

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