Los nueve presos del «procés» estarán en las cárceles de Soto o Alcalá durante el juicio

El Ministerio del Interior ha descartado Estremera por su distancia de 70 kilómetros respecto al centro de Madrid

Algunos de los exconsejeros catalanes presos por el «procés», antes de declarar en la Audiencia Nacional IGNACIO GIL

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El Ministerio del Interior ha descartado la cárcel de Estremera como el centro penitenciario donde serán internados los presos del «procès» durante la celebración del juicio y, en principio, estudia como más adecuados los de Soto del Real , o Alcalá Meco y, más remotamente, Aranjuez .

Según fuentes oficiales consultadas por este diario, para el traslado de los nueve políticos encarcelados por su relación con el intento rupturista del 1-O se tendrá principalmente en cuenta la distancia entre la cárcel y el centro de Madrid, donde se celebrará la vista en la sede del Tribunal Supremo, y también que la prisión tenga módulos para hombres y para mujeres, lo que permitirá establecer un único operativo de seguridad para llevarles y traerles diariamente al juicio.

En principio, debido al primer criterio se ha descartado el centro Madrid IV de Estremera , que está a unos 70 kilómetros de Madrid, y que en su día acogió a Oriol Junqueras, Joaquim Forn, Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Turull . En atención al segundo criterio, quedarían entonces las de Madrid II y Madrid V, Alcalá de Henares y Soto del Real respectivamente, que distan unos 40 kilómetros del centro de la capital. El de Aranjuez se encuentra a unos 60 kilómetros, pero su conexión por carretera no es la más propicia.

En cuanto al momento del traslado, las fuentes a las que ha tenido acceso ABC se remiten a la petición del Supremo de que los encausados, hoy internos en cárceles de Cataluña , estén en Madrid la última semana de enero, de forma que se garantice su presencia ante el tribunal que les juzgará por los delitos de rebelión, sedición y malversación.

En el escrito dirigido la semana pasada por el presidente de la Sala Segunda del Supremo, Manuel Marchena, al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska , se recuerda que el artículo 664 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) se establece que, una vez señalada la vista oral, «los procesados que se hallen presos sean inmediatamente conducidos a la cárcel de la población en que haya de continuarse el juicio».

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