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Artur Mas - INÉS BAUCELLS

¿Qué hechos suponen un delito de sedición?

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha marcado la línea: los actos que ejecuten la resolución suspendida de independencia pueden ser delitos de sedición y rebelión

MADRID Actualizado: Guardar
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La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha marcado la línea roja y ha avisado a los funcionarios y altos cargos que pongan en marcha la hoja de ruta independentista: si llevan a cabo actos que ejecuten la resolución de «desconexión», suspendida por el Tribunal Constitucional, pueden cometer delitos de sedición y rebelión, castigados ambos con altas penas de prisión. Los Mossos d'Esquadra, la Policía y la Guardia Civil deben estar vigilantes.

Pero, ¿qué es un delito de sedición? ¿Y de rebelión? Ambos, recogidos en el nuevo Código Penal, forman lo que el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, incluye en los delitos contra la forma de Gobierno, competencia de la Audiencia Nacional si los actos van encaminados a cambiar de forma ilegal la organización territorial del Estado y a separar una parte del territorio nacional.

Estas son las claves de estos delitos.

¿Cuándo estamos ante un delito de sedición?

El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, considera que las decisiones, acuerdos y actos que hagan caso omiso a la suspensión aprobada por el TC y ejecuten el «mandato ilegal» de la resolución encubierta de independencia puede constituir un delito de sedición, del artículo 544 del Código Penal. El tipo castiga «el alzamiento público y tumultuario para impedir, por la fueza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales».

¿La sedición exige un desobediencia violenta?

La Fiscalía de la Audiencia Nacional se remonta a analizar el origen de este delito para concluir que los actos constitutivos de sedición «tendrían encaje penal como delitos contra la forma de Gobierno» a pesar de que no se emplee fuerza o violencia, cuando tengan como objetivo «impedir la aplicación de las leyes y el normal funcionamiento de las instituciones al margen de la Constitución y las leyes». Se castiga con hasta quince años de prisión.

¿Cuál es el delito de rebelión?

Este delito consistía, según el Código Penal de 1973, en «alzarse públicamente con el fin de declarar la independencia de una parte del territorio nacional». El tipo vigente en la actualidad se refiere al «alzamiento violento y público con el fin de declarar la independencia de una parte del territorio nacional». Se castiga con hasta treinta años de prisión. En ambos casos, sedición y rebelión, el fiscal explica que también se castiga a aquellos que provoquen, propongan y conspiren para que se cometan ambos delitos. Eso amplía el arco de posibles responsables: de abajo a arriba.

¿A quiénes puede investigar la Audiencia Nacional?

La Audiencia Nacional no puede actuar contra los aforados, todos aquellos personajes políticos protegidos por el aforamiento. La competencia para investigarles a ellos es del Tribunal Supremo o del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en este caso. Eso incluye a Artur Mas, Carme Forcadell y todos los parlamentarios catalanes, miembros del Consejo de Gobierno de la Generalitat o consejeros. La Audiencia Nacional puede actuar contra los altos cargos no aforados, funcionarios y particulares que cometan los posibles delitos. Esto apunta al eslabón medio de la hoja de ruta independentista: los funcionarios que pueden recibir órdenes políticas que ejecuten la resolución de «desconexión».

¿De qué tipo de actos hablamos?

Hay que tener en cuenta que estamos ante un escenario novedoso: nunca el desafío secesionista había llegado tan lejos. Los actos suceptibles de ser investigados son una incógnita. Como ejemplo de un hecho que podría encajar en estos actos podemos acudir a la consulta ilegal que la Generalitat celebró el 9 de noviembre de 2014, en la que se desarrolló un supuesto referéndum por la independencia. Por aquel acto, la Justicia actuó contra Artur Mas por un posible delito de desobediencia. Pero dejó fuera de la querella a los directores de los centros donde se votó o a los responsables de los servicios informáticos que colaboraron, entre otros. La orden de la Fiscalía avisa a todos ellos: sus actos también pueden tener consecuencias penales de forma inmediata.

¿Cómo se denuncian estos hechos?

El Ministerio Público ha ordenado a todos los cuerpos policiales (Policía, Guardia Civil y Mossos d'Esquadra) que estén alerta y elaboran un atestado ante cualquier hecho que pueda constituir alguno de los delitos contra la forma de Gobierno. En ese caso, deberán informar y enviar el atestado «de forma urgente» al juez y fiscal de la Audiencia Nacional que se encuentren de guardia. Además, deben tomar todas las «diligencias necesarias» para aclarar la autoría del supuesto delito y la posible responsabilidad penal.

¿Qué pasa con los personajes públicos aforados?

Aunque la Audiencia Nacional no puede investigarles, sus hechos pueden constituir también los delitos de sedición y rebelión. Es el caso de Mas, Forcadell y los demás parlamentarios y consejeros catalanes, entre los que se encuentran los diecinueve restantes altos cargos advertidos por el TC de que deben respetar su decisión.El Tribunal Superior de Justicia es el competente para investigarles penalmente y la Fiscalía de este organismo podría actuar.

Además y por primera vez, el TC puede intervenir para garantizar que se respeten y ejecuten sus decisiones. La reforma de la ley que regula su funcionamiento, aprobada el pasado mes de octubre, le otorga poder sancionador con diversas medidas. Esto incluye que, además de poner multas y suspender de sus cargos y funciones a las autoridades que incumplen la suspensión de la resolución, el TC puede avisarles de que están cometiendo un delito de desobediencia e informar a la Fiscalía. En este caso, la suspensión de sus cargos sería automática. Es un proceso paralelo al penal, donde el tribunal también podría acordar la suspensión e inhabilitación para cargo público durante un tiempo dentro de la condena.

¿Quién fijaría si hay sedición o rebelión?

Como en todo proceso penal, después de que la Fiscalía o una acusación impulse el proceso, un juez tendría que admitir la querella o denuncia e iniciar una investigación. El juez que instruya el caso realizará todas las diligencias necesarias para fijar si los hechos pueden constituir, en base a unos indicios, los delitos en juego. Si llega a la conclusión de que es así, abriría juicio oral y un tribunal sería el encargado de volver a analizar la situación y sentenciar.

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