La Fiscalía pide que los presos del «procés» vuelvan a la cárcel mientras se resuelve el tercer grado

Recurre la semilibertad porque las circunstancias no han cambiado: «No puede quedar impune el haber convertido la propia voluntad en ley«

Oriol Junqueras, condenado a trece años por el «procés», durante un acto de campaña de ERC en el que pudo participar gracias a su tercer grado AFP

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La Fiscalía ha recurrido este mismo lunes el tercer grado de los presos del «procés» , una vez celebradas las elecciones en Cataluña con la participación de los condenados por sedición en los actos de campaña. El Ministerio Público entiende que no procede este régimen de semilibertad porque en el acuerdo de la Generalitat que lo avala «no se hace mención a ninguna circunstancia distinta a las que se contenían en la progresión acordada hace seis meses y revocada hace tan solo 40 días por el tribunal sentenciador« (el Tribunal Supremo). Dicen los fiscales que ni en esa resolución del Govern ni en los informes que lo acompañan se constata que se hayan superado »los déficits« indicados por tal tribunal para negar esa semilibertad. Por ello las razones indicadas por el Supremo el pasado diciembre »mantienen toda su vigencia«, dicen los fiscales en sus escritos, a los que ha tenido acceso ABC. Además piden al juez que suspenda la libertad de los presos mientras resuelve ese tercer grado y que, por tanto, los condenados esperen la decisión en prisión.

En el recurso relativo a Junqueras, similar al del resto de los presos, los fiscales consideran que la progresión a tercer grado es incompatible con el cumplimiento de los fines de la pena, tanto los retributivos y de prevención general y especial como los de reeducación y resocialización.

No puede haber impunidad

Los fiscales aluden a la «extrema gravedad de los delitos cometidos» por Junqueras (condenado a la mayor pena, 13 años). atacado. Su conducta fue muy grave, «no sólo en términos jurídicos, sino en términos de repercusión social e institucional» porque el perjuicio causado afecta a la estructura de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho, así como a la Constitución Española, al haber querido «vulnerar la unidad territorial» de España y desobedecido tanto a las leyes como a los mandatos judiciales. «No se puede trasmitir a la sociedad que puede quedar impune el haber convertido la propia voluntad en ley fuera de los cauces legalmente establecidos» , apuntan.

Sobre el delito de malversación por el que fueron condenados también Romeva, Turull y Bassa, el Ministerio Público alude a su manifiesta deslealtad en la administración de fondos públicos, "aprobando normas que autorizaban la utilización de recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios para garantizar la adecuada organización y desarrollo del referéndum de autodeterminación" de Cataluña .

Consideran los fiscales que los fines de reeducación y resocialización tampoco están cumplidos porque "no hay auténtica asunción delictiva" por parte de Junqueras. La resolución de la Generalitat establece "una falsa dicotomía entre el efecto resocializador y el efecto retributivo, cuando en realidad ambos son necesarios y complementarios, y en la medida en que la clasificación en tercer grado supone el más alto nivel de libertad" y hace necesario que el interno esté en condiciones de hacer vida en semilibertad. "Las prematuras clasificaciones en tercer grado producen el menoscabo de los fines esenciales de la pena, que no sólo se concretan en el de reinserción, al no poderse silenciar el retributivo, acorde a la gravedad de la pena, y en función a la deuda contraída por el delincuente respecto a la sociedad en que vive, además de los fines de prevención especial y general. Reconocer los hechos y aceptar las consecuencias, añade la Fiscalía, "no es reconocer el delito, puesto que se puede reconocer lo que se ha hecho pero entender que es una actuación legítima y ajustada a derecho, tal y como ocurre en este caso".

No hay condenas por ideologías

"(...) L o democrático no es imponer la voluntad propia aprovechándose de la situación de poder que se ostenta convirtiendo su voluntad en ley, sino acatar las leyes y si no se comparten, el procurar cambiarlas por los cauces legales y democráticos". El interno, subraya, "no está condenado por su ideología sino por la falta de respeto a las leyes democráticas; no hay una voluntad superior del Parlamento de Cataluña por encima del mandato Constitucional, que es precisamente el que sustenta a las instituciones autonómicas de Cataluña, ni se puede uno arrogar la facultad de interpretar la voluntad popular".

Sobre las críticas en los informes a las consideraciones del Supremo, los fiscales recuerdan que " las resoluciones judiciales no deben ser reinterpretadas sino acatadas", en la misma en la que el propio Alto Tribunal apuntó a la Generalitat el pasado diciembre.

Bajo sospecha

Como el Supremo, también los fiscales desconfían de la política penitenciaria que se ha seguido con este caso . "El goteo cronológicamente medido de esas decisiones; su aplicación a todos ellos (los presos del "procés") sin excepción; el haberse adoptado con el cumplimiento efectivo de una parte poco significativa de las penas impuestas (en muchos de los casos ni siquiera cumplida la cuarta parte); la gravedad de los delitos cometidos; el hecho de que la mayoría no reconoce la comisión delictiva y no asume su responsabilidad y; finalmente, la pública manifestación de alguno de ellos de su voluntad de volverlo a hacer; son todas ellas circunstancias que permiten inferir una política penitenciaria dirigida no tanto a su rehabilitación sino directamente al objetivo de alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento".

Tras el 14-F

Fuentes de la Fiscalía justifican el retraso en la interposición de los recursos ante el juez de Vigilancia Penitenciaria en las fechas en las que la Generalitat les notificó el acuerdo por el que avalaba ese régimen de semilibertad de las juntas de tratamiento: el último de esos terceros grados, el de Dolors Bassa, se les comunicó el jueves. El pasado julio los fiscales tardaron en recurrir catorce días después de que el Govern avaló esas semilibertades; ahora habrán transcurrido diecisiete.

Este primer recurso no garantiza que nada más interponerlo los presos del «procés» puedan volver a la cárcel mientras el juez decide sobre su situación penitenciaria. Sí provocaría ese efecto un segundo recurso ante el Tribunal Supremo (en calidad de tribunal sentenciador) si el juez de Vigilancia penitenciaria avala la decisión de la Generalitat. De esta forma, hasta el que el Alto Tribunal decidiera, los presos tendrían que esperar la resolución en prisión, como sucedió la vez anterior.

Lo cierto es que los tiempos de la Fiscalía (marcados por las decisiones que ha ido tomando la Generalitat) han beneficiado no sólo a los líderes independentistas, que han podido celebrar la campaña a sus anchas, e incluso valorar los resultados electorales (como anoche hizo Junqueras con ERC), sino que indirectamente también han beneficiado a Salvador Illa , pues cualquier reacción de la Fiscalía respecto a los presos del «procés» en plena campaña podría haber provocado el voto masivo del independentismo y empeorado los resultados del candidato del PSC.

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