Expertos creen que el uso excesivo del real decreto ley vulnera el espíritu constitucional

Fuentes jurídicas del Parlamento aseveran que los decretos leyes deben ser «lo contrario a medidas que tienen vocación de permanencia»

Víctor Ruiz de Almirón

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El Boletin Oficial del Estado recogió en el día de ayer la convocatoria electoral para el próximo 28 de abril. Comienza de forma oficial el camino hacia las elecciones generales que Pedro Sánchez afrontará llegado ese día tras casi once meses en La Moncloa. Un breve mandato que el presidente y su equipo han exprimido para construir un perfil presidencial y dar la vuelta a unos sondeos que llevaban desde 2010 presentando al PSOE en franco descenso.

Sánchez ha sacado jugo de su presidencia. Y ha aprovechado la plataforma que representa la presidencia del Gobierno para construir un relato. Y en ello ha sido fundamental para Sánchez poder presentar un bagaje de Gobierno para el que ha necesitado recurrir casi en exclusiva al Real Decreto Ley. Este ha sido el mecanismo que Pedro Sánchez ha tenido que utilizar para burlar la mayoría de PP y Ciudadanos en la Mesa del Congreso. Como publicó ayer ABC el 97 por ciento de todas las iniciativas impulsadas por el PSOE y que han sido aprobadas en estos nueve meses han sido reales decretos leyes, frente a un solo proyecto de ley.

El Gobierno y el PSOE se agarran a la «legalidad y constitucionalidad» del uso del Real Decreto Ley (RDL), pero expertos jurídicos consultados por este periódico ponen en duda que, como mínimo, no se esté pervirtiendo el espíritu que justifica el empleo de los RDL. Las dudas se acrecientan si se pregunta por la otra pata de este debate, de actualidad estos días: su uso con las Cortes ya disueltas y para convalidación en la Diputación Permanente.

Respecto a la utilización general de los RDL, Antonio Torres del Moral, Catedrático de Derecho Constitucional de la UNED, reconoce que el uso excesivo representa «una perversión del sistema porque no estaba pensado para eso». Torres del Moral rememora la expropiación de Rumasa como el momento político que habilitó un uso más amplio de lo que podría entenderse en el espíritu constitucional.

La Constitución determina el uso del Decreto Ley para casos «de extraordinaria y urgente necesidad». Y es en su interpretación dónde está el debate. «Ha habido algunos que se han aprobado y luego no se han aplicado», rememora Torres del Moral para ejemplificar como su uso se ha desviado de lo que debería ser. Y es claro al manifestar que ahora estamos ante «otro uso inmoderado para regular materias que no lo necesitan». No obstante, manifiesta que el uso del RDL tiene que estar previsto, aunque se restrinja su utilización. Aunque advierte que ello requeriría modificación constitucional y apunta más bien a la necesidad de que el Tribunal Constitucional resuelva más rápido. Apunta a una posible reforma de la Ley Orgánica del TC que obligue a resolver en el plazo de un mes. Respecto al uso del RDL ahora y para su aprobación en la Diputación Permanente, es mucho más contundente: «Eso sí que es una vulneración al menos del espíritu de la Constitución», señala, insistiendo en la necesidad de que se limiten a cuestiones de urgente y extrema necesidad: «Esto no encaja. Están desbordando los límites lógicos».

Fuentes jurídicas del Parlamento expresan su disconformidad con la pretensión del Gobierno de aprobar varios RDL en la Diputación Permanente. Y ponen un ejemplo que invalidaría la utilización de esta figura y es que al estar justificado su uso por la urgencia «la publicación debe ser inmediata» y que la actual «publicación en cascada no tiene sentido». El decreto que regula el mercado de vivienda se aprobó en el Consejo de Ministros del viernes y no se publicó hasta ayer en el BOE. Y el de Igualdad Laboral, que incluye el aumento de los permisos de paternidad, todavía no había sido publicado en el día de ayer. Estas fuentes no entienden ese proceder y advierten de que sería «intolerable» que se hicieran modificaciones de última hora que hiciesen distinto el texto publicado al que se aprobó en Consejo de Ministros.

Precisamente estas fuentes jurídicas cuestionan el uso del RDL a partir del análisis de las medidas que contiene el decreto de Igualdad Laboral, en el que el aumento del permiso de paternidad de forma escalonada hasta 2021: «Nunca puede ser urgente algo que legisla a dos años vista», manifiesta. « Los Decretos leyes deben ser lo contrario a medidas que tienen vocación de permanencia . Tienen que ser cuestiones inaplazables como compromisos de crédito o cuestiones relacionadas con catástrofes naturales», insisten.

La presidenta del Congreso de los Diputados, Ana Pastor, debe convocar a la Diputación Permanente para proceder a la convalidación de estos reales decretos. Pero existen dudas importantes: «La Constitución da la opción de tramitarlos como proyecto de ley, pero esto en la Diputación Permanente no se puede hacer, por lo que se está sustrayendo a la Cortes una de sus funciones». Estas fuentes apuntan a que con una reforma en la Ley de Gobierno limitando su uso a cuestiones que sean ciertamente inaplazables».

Respecto al uso una vez convocadas las elecciones, estas fuentes parlamentarias apuntan que aquí «el problema no es solo el uso sino emplearlo como instrumento de propaganda». Recuerdan que un RDL solo se puede impugnar ante el TC y que sería necesario establecer un procedimiento para «un pronunciamiento inmediato». Y sí recuerdan que el artículo 50 de la LOREG «cualquier publicidad de sus logros». El PP ha manifestado su intención de recurrir ante la Junta Electoral Central el uso de Reales Decretos Leyes por parte del Gobierno. El artículo 50 de la LOREG establece: «Desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones».

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