La consejera del Tribunal de Cuentas del PSOE asume la tesis de la Generalitat

El informe, que revela un gasto de 421 millones de euros en Acción Exterior, fue aprobado por mayoría abrumadora del Pleno

Una imagen de la «embajada» catalana en Bruselas ABC

Esta funcionalidad es sólo para registrados

El voto particular formulado por la consejera del Tribunal de Cuentas, Mª Dolores Genaro, nombrada a propuesta del PSOE, se ha presentado la tarde del 1 de abril, contra el acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas de 28 de marzo que aprobó por una mayoría abrumadora el Informe de Fiscalización de Acción Exterior de la Generalitat del periodo 2011 a 2017, que supuso un gasto total de 421 millones de euros.

Genaro fue la única de los 11 consejeros que votó en contra materializando los intentos realizados por los consejeros afines al PSOE de retrasar la aprobación del informe hasta después de las elecciones del 28 de abril. La consejera señala en su escrito aspectos que afectan a cuestiones formales, más que al fondo del informe que tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado ya han fundamentado en ambos escritos la existencia de posibles «delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación, falsedad en documento público y contra las instituciones del Estado», además de las posibles responsabilidades contables por más de 7 millones de euros tanto de los presidentes de la Generalitat, Artur Mas y Carles Puigdemont, como de parte de sus consejeros.

Mª Dolores Genaro, doctora en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Granada, fue también miembro del Consejo de Administración de Caja Granada desde 2001 hasta 2004, «sería una de las consejeras que no tienen asegurado su continuación en la renovación del Tribunal de Cuentas por su apoyo a Susana Díaz, y estaría haciendo méritos ante el PSOE de Pedro Sánchez», explica un miembro de la Comisión Mixta para las relaciones del Congreso y Senado del TCu.

Así cree que «se incluyen resultados que, efectivamente, están debidamente acreditados y con los cuales, por tanto, se muestra plenamente conforme», pero que existen circunstancias que «desvirtúan algunos de los resultados expuestos». «Llama la atención que la mayoría de l as cuestiones incluidas en su voto particular coinciden con lo manifestado por la propia Generalitat en sus alegaciones en el Informe», advierten desde el Tribunal de Cuentas.

Señala como ejemplo que en algunos viajes en los que se realizaban actividades para la promoción directa del procés, también había otras que no estaban vinculadas al mismo, por lo que «calificar como ilegal la totalidad de la acción parece excesivo». Esta argumentación, que sigue las tesis de la Generalitat, es rebatida por el Tribunal de Cuentas en su informe indicando que «el hecho de que también se pudieran programar otras actividades accesorias, lo que en muchos de los indicados no tenía lugar, no modifica que su finalidad incumpliera lo previsto en la Ley ni que resultara injustificada la utilización de fondos públicos».

De esta forma, a la consejera progresista no le parece injustificado que Artur Mas acudiera en 2013 al «Segundo Encuentro de Líderes Europeos Liberal Demócratas» pagando el viaje y los gastos de las arcas públicas, a pesar de tratarse de un acto propio de un partido político y que parece evidente que debería haber pagado CiU. Tampoco le parece censurable que determinados viajes realizados que se usaban principalmente para promocionar el procés como se deriva claramente de las notas de prensa emitidas por la propia Generalitat, se pagaran con dinero público, ya que podían incluir alguna otra actividad accesoria que aparentara dar carácter institucional al viaje.

La consejera pone en duda determinados medios de prueba usados en el informe. El caso más sorprendente se refiere al informe «Catalonia´s Legitimate Right to Decide» («el legítimo derecho a decidir de Cataluña»), respecto del que indica en su voto particular que «no se ha localizado ninguna documentación relativa a su encargo, su objeto, las condiciones o la cantidad pactada por su ejecución, si bien se liga su elaboración a los pagos efectuados por tres delegaciones (un total de 35.988,09 euros ) por indicios pero no por evidencias deducidas del análisis documental». Cuando lo cierto es que el mencionado documento, encargado por el consejero de Exteriores Raül Romeva, tenía por objeto legitimar el referéndum del 1 de octubre, pues así lo dicen expresamente sus autores, «pero no consta ninguna contratación del mismo en su Consejería, a pesar de lo cual tres de las delegaciones -Estados Unidos, Portugal y Ginebra- realizaron pagos a sus autores por unos servicios que no figuran en ninguna parte».

Genaro continúa con la tesis de la Generalitat presentada en sus alegaciones de que existen algunas actividades que «si bien guardan relación con el ámbito del proceso de independencia, constituyen meras declaraciones políticas o ideológicas y expresión de opiniones, sin ningún tipo de trascendencia económica o contable y que, por tanto, han de ser objeto de consideración en ámbitos distintos al del ejercicio de la función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas». Esta conclusión de la consejera chocaría con lo que indica el informe del TCu: «Nada impide que las autoridades destinen sus propios medios económicos a realizar esas actividades o que manifiesten fuera del ejercicio de sus funciones públicas sus posicionamientos personales.

Por expreso mandato del texto constitucional, del destino de los fondos públicos quedan fuera el destino a actividades ajenas a esos intereses y necesidades públicas». Según el Manual de Estilo del TCu sobre los documentos que se exponen los resultados de fiscalización, «cuando uno o varios miembros del Pleno del Tribunal de Cuentas formulen un voto particular al informe que se aprueben, el voto o los votos particulares formulados deberán incluirse al final del documento, debiendo aparecer nítidamente separados de dicho documento y, de modo diferenciado, los de cada miembro del Pleno que los haya formulado». Esta fórmula junto al voto recurrente , esta última nunca había sido ejercida hasta ahora, es una forma de expresar que no hubo unanimidad en el informe y, sobre todo, desacreditarlo. «Es la única baza que le quedaba al PSOE después de su aprobación en el Pleno del pasado jueves 28 de marzo», señalan fuentes consultadas, «pero no tendría consecuencias a la hora de juzgar los indicios delictivos señalados tanto por la Fiscalía como la Abogacía del Estado».

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación