Sentencia Urdangarin

El Supremo rebaja la condena a Urdangarin a cinco años y diez meses de prisión

La Audiencia de Palma cita al marido de la Infanta mañana miércoles para comunicarle su ingreso en prisión

El TS rebaja a cinco años y ocho meses la condena a Diego Torres

Iñaki Urdangarin, en una imagen de archivo EFE / Vídeo: El Supremo rebaja la condena a Urdangarín
Nati Villanueva

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La Sala II del Tribunal Supremo ha despejado la gran incógnita: Iñaki Urdangarin deberá entrar en la cárcel al haber sido condenado en firme por la Sala II del Alto Tribunal a cinco años y diez meses de cárcel. La Audiencia de Palma le ha citado mañana miércoles de 9 a 14 horas para comunicarle su ingreso en prisión. Previsiblemente su defensa pedirá al tribunal que espere al pronunciamiento del TC ante la presentación de un recurso de amparo.

El Supremo, la cúspide del sistema penal español, ratifica así lo suntancial de la condena por el caso Nóos al marido de la Infanta Cristina , a quien solo rebaja cinco meses la pena al no apreciar un delito de falsedad. El resto de la condena la mantiene igual. La Audiencia Provincial de Palma condenó al marido de la Infanta Cristina a seis años y tres meses de cárcel por los delitos de prevaricación, malversación, fraude y tráfico de influencias.

Situación de «privilegio»

El Alto Tribunal confirma que Urdangarin desvió fondos procedentes de administraciones públicas de la Comunidad Valenciana y las Islas Baleares al Instituto Nóos, que el marido de la Infanta Cristina controlaba junto a su socio Diego Torres para enriquecerse de manera ilícita, una operativa que funcionó entre 2004 y 2007.

Según el fallo, Urdangarin se aprovechó de la «situación de privilegio de que disfrutaba como consecuencia de su matrimonio con una hija de quien era entonces Jefe del Estado» para mover la voluntad tanto de José Luis Ballester como de Jaume Matas consiguiendo así la contratación con Nóos y «orillando toda concurrencia y los condicionantes que podrían derivarse de una tramitación ajustada a la legalidad».

«Es de destacar que el logro del influjo ejercido desde el trampolín de su privilegiada posición no se limita a la contratación, sino también y partícularmente a la exclusión de toda concurrencia posible obviando las condiciones, presupuestos y proyectos que otras empresas podían ofrecer mejorando las fijadas casi unilateralmente por el recurrente y su socio»..

Ingreso en prisión

Para Diego Torres , el exsocio de Urdangarin, el Supremo ha rebajado la condena a cinco años y ocho meses, una reducción considerable. El Tribunal (los cinco jueces que han revisado la sentencia) entiende que en su caso no hay blanqueo, tráfico de influencias ni falsedad documental. Confirma su condena por prevaricación, malversación y fraude a la administración.

La inmediatez de la entrada en prisión de Urdangarin podría retrasarse si presenta un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y los jueces deciden esperar a su resolución. Aun así, la Audiencia de Palma podría considerar necesario encarcelarlo sin esperar al fallo definitivo, ante una condena firme que supera los cinco años, la frontera que suele marcar una pena como grave. El Supremo ya ha comunicado el fallo a la Audiencia de Palma a los efectos de su ejecución, han informado fuentes jurídicas.

En su sentencia, el Tribunal Supremo mantiene la esencia de la condena en primera instancia de la Audiencia de Palma pero realiza ajustes técnicos. Entre lo que confirma se encuentra la condena a tres años y ocho meses al expresidente balear Jaume Matas, el político de mayor rango encarcelado por un caso de corrupción, y la absolución de la llamada trama valenciana del caso.

Recurso del fiscal

El resto de condenas confirmadas son: 15 meses al ex director general de deportes de las Islas Baleares José Luis Ballester ; 15 meses al exgerente de la Fundación Illesport Gonzalo Bernal ; un año al antiguo gerente del Instituto Balear de Turismo Juan Carlos Alía ; un año al ex asesor jurídico de dicho instituto Miguel Ángel Bonet . Se ratifican además las absoluciones dictadas por la Audiencia.

El fallo del Supremo, redactado por el magistrado ponente Antonio del Moral, rechaza el recurso de la Fiscalía, que pidió elevar las penas. El tribunal invoca la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Constitucional, según la cual no es posible revisar en contra del reo la valoración de la prueba realizada por el tribunal de primera instancia, el primer juzgador de los hechos.

Ante un recurso de casación, como el que ha resuelto este martes el Supremo, los magistrados se dedican a analizar y revisar la calificación jurídica de los hechos probados, sin poder modificar el relato de hechos al que conducen las pruebas practicadas.

Infanta Cristina

La Fiscalía solicitó ante el Supremo que se elevara a 10 años la condena a Urdangarin , al considerar insuficiente la condena de la Audiencia de Palma, el tribunal que enjuició el desvío de fondos públicos desde las administraciones baleares y valencianas a Nóos. El Ministerio Público consideraba que Iñaki Urdangarin y su socio Diego Torres fueron los «instigadores de la corrupción» generada en torno a los contratos firmados con Nóos en la era previa a la crisis.

La Infanta Cristina, la primera persona de la Casa Real que se ha sentado en un banquillo de los acusados, quedó absuelta de ser cooperadora necesaria de dos delitos fiscales atribuidos a su marido. A la Infanta solo le acusó el pseudosindicato Manos Limpias, cuyos líderes serán juzgados por coacciones y amenazas.

Aun así, Doña Cristina fue condenada como responsable civil a devolver el dinero del que se benefició por los delitos de su marido. El Supremo ha confirmado esta pena como partícipe a título lucrativo respecto a los delitos de malversación y fraude, pero no por los delitos fiscales, pues no se puede ser partícipe de un delito que consiste en una defraudación tributaria. Así, el dinero que debe devolver la Infanta se reduce a 136.950 euros, 128.138 euros menos.

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