La Audiencia Nacional vuelve a imputar a Brufau, Fainé, Repsol y Caixabank por el encargo a Villarejo

Considera que hay indicios suficientes contra las empresas y sus presidentes como para seguir investigando

Antonio Bufrau. Ignacio Gil / Vídeo: Villarejo cree que la instrucción «contaminará todas las instituciones» - EFE

Isabel Vega

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La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado reabrir la pieza del caso Villarejo que investigaba el encargo conjunto a sus empresas que recibió de Repsol y Caixabank, de manera que tanto las dos mercantiles en calidad de personas jurídicas como el presidente de la petrolera, Antoni Brufau y el expresidente de la entidad financiera, Isidre Fainé, vuelven a estar imputados.

En una resolución notificada este lunes, el tribunal atiende así a los recursos de la Fiscalía Anticorrupción y otras acusaciones contra la decisión que adoptó el pasado mes de julio el juez Manuel García Castellón, que exoneró tanto a Brufau como a Fainé y a las dos corporaciones por no apreciar indicios de su conocimiento y participación en un encargo a la empresa del comisario que costearon de forma conjunta.

Ya en septiembre, el instructor acordó cerrar la investigación y proceder contra los ex jefes de seguridad de ambas empresas, fijando en su nivel el techo de responsabilidad por este asunto . El auto de la Sala hace referencia a la primera decisión, pero al ordenar la práctica de diligencias de facto estaría revocando el cierre de las pesquisas.

El encargo objeto de las pesquisas consistía en investigar al entorno del constructor Luis del Rivero porque Sacyr fraguaba un pacto con Pemex que perjudicaba los intereses de Repsol y así, de Caixabank. El juez, tras escuchar a Fainé y a Brufau así como a los representantes de las dos compañías, acordó exonerarles al no apreciar indicios concluyentes de su conocimiento ni participación en aquella encomienda.

Sin embargo, para el tribunal, en el caso de Brufau «hay indicios de que la orden de investigar pudo partir de la presidencia de Repsol y de que el presidente pudo ser informado de sus resultados».

En este sentido, considera que «hay indicios de los que puede desprenderse que la iniciativa de llevar a cabo dicha contratación, así como de otras dirigidas a reaccionar contra el pacto Sacyr-Pemex partió del SR: Brufau y que éste fue informado con detalle de los resultados de las gestiones del Grupo CENYT , alguno de los cuales conllevaba información difícilmente obtenible de no haber mediado la intervención de funcionarios públicos».

En cuanto a Isidro Fainé, al igual que en el caso de Brufau, la Sala considera que las diligencias practicadas obligan a continuar el procedimiento contra él. Recuerda que en su declaración ante el instructor, el expresidente de Caixabank reconoció haber estado de acuerdo con su homólogo en Repsol en la necesidad de que sus respectivos departamentos de Seguridad colaborasen en el asunto Sacyr-Pemex y que los jefes de esas áreas se reuniesen para ello.

Diligencias sobre el modelo de prevención

En relación con el sobreseimiento relativo a las personas jurídicas, la Sala considera que indicios suficientes para contemplar una posible exigencia de responsabilidad penal de ambas compañías, por lo que procede realizar determinadas diligencias antes de decidir la conclusión de la instrucción sobre Repsol y Caixabank.

En concreto, mientras el juez cerró esta vía por entender que ambas compañías disponían de un modelo de prevención de delito con normativa interna anticorrupción, la Sala entiende que en todo caso, no se puede cerrar el asunto sin tomarlas declaración ni constar en la causa el informe de consultoría aportado por Repsol para analizar ese modelo de prevención establecido.

La Sala incluye todos los indicios aportados por los recurrentes que pueden indicar que no se aplicaron debidamente los controles del plan de prevención y por ello entiende necesaria la practica de diligencias de declaración porque hay indicios de hechos calificables como delitos que se pueden imputar a personas jurídicas.

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