Cómo solicitar el voto por correo para las elecciones en Andalucía 2022 sin moverte de casa

Basta con tener instalado el certificado digital y una aplicación oficial para hacerlo

Elecciones en Andalucía: guía con todo lo que hay que saber antes del 19 de junio

Todo sobre el voto por correo: cuándo se puede pedir, cómo solicitar y fecha límite

F.P.

El voto por correo es una fórmula que garantiza a los ciudadanos el derecho a elegir a sus representantes en la cámara cuando, por circunstancias, no se pueda acudir al colegio electoral . En las elecciones de Andalucía 2022 no falta esta posibilidad, por lo que todas aquellas personas que no vean viable echar su sobre en las urnas el 19-J ya pueden solicitar el voto a través del servicio postal .

La contrapartida es que deben acudir dos veces a la oficina de Correos: una para pedir la documentación y la otra para hacer entrega de lo decidido. Sin embargo, la primera visita se puede evitar si se cuenta con un certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre instalado en el ordenador o en el dispositivo móvil. De esta forma, y al suponer este certificado una muestra de identidad personal oficial, se puede solicitar el voto por correo sin salir de casa. Son igualmente válidos los DNI electrónicos (con algún sistema que permita su lectura y traspaso de datos al PC).

Por otra parte, también se tiene que instalar en el sistema operativo la aplicación de Autofirma , desarrollada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas .

El proceso es sencillo. Basta con rellenar los campos requeridos con la información personal y la dirección a la que se debe remitir la documentación si el votante figura en el censo electoral (que es lo normal). En cierto punto emergerá la aplicación de Autofirma para proceder a la firma electrónica del documento. Cuando se haya realizado, la solicitud estará en curso y se podrá descargar una copia a modo de resguardo. Ya sólo quedaría esperar a recibir en el domicilio indicado la documentación.

Es importante tener en cuenta dos cuestiones: que la fecha tope para iniciar el proceso es el jueves 9 de junio a las 23:59 horas y que una vez solicitada la vía del correo para recibir el voto ya no se podrá acudir al colegio electoral el 19-J.

Por otra parte, la solicitud telemática del voto por correo no se permite para «electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero», ni para «electores residentes en el extranjero que lo soliciten desde su país de residencia».

Huelga decir que la segunda parte, la de la entrega del sobre con la papeleta electoral elegida, sí que ha de hacerse de manera presencial en las oficinas de Correos.

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