Declaración de la renta

Estos son los errores más comunes al hacer la declaración de la renta

Hay que tener cuidado si no queremos llevarnos una multa si cometemos una infracción o la presentamos fuera de plazo

Estas son todas las deducciones que se podrán aplicar en la declaración de la Renta en Andalucía

Ya ha dado comienzo la campaña de la renta ABC

P. T.

El pasado miércoles 6 de abril dio comienzo la c ampaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2021. Desde esa fecha quedaba abierto el plazo para presentar la renta de forma telemática, comenzando el período para la vía telefónica el martes 3 de mayo y el jueves 26 de ese mismo mes para las solicitudes de cara a la realización presencial de la declaración.

La factura fiscal se puede reducir incluyendo las deducciones al IRPF u otras reconocidas a nivel estatal como las de maternidad o familia numerosa. Sin embargo, hay una serie de deducciones que varían en función de la comunidad autónoma en la que nos encontremos. Puedes consultar aquí cuáles son las deducciones que se pueden aplicar en Andalucía .

Cuando llega el temido (y/o tedioso) momento de hacer la declaración, nos asaltan las dudas sobre los errores que podamos cometer. El más habitual es pasarnos del plazo establecido . Esta circunstancia supone un recargo cuyo importe crece en función del tiempo que se tarde en realizar el trámite.

Por otro lado, es conveniente que sea el propio contribuyente el que avise de que ha hecho la declaración de la renta fuera de plazo. De no ser así, si es Hacienda quien se percata de este fallo antes de recibir notificación alguna por parte del usuario, las sanciones aumentan. El recargo en cuestión puede ser del 50 % si la infracción es leve (base de la sanción inferior a 3.000 euros y sin ocultación), o de hasta el 150 % en casos graves (con ocultación) o muy graves (con medios fraudulentos).

Precisamente en estos últimos casos de fraude, cuando estos sean millonarios la multa impuesta por la Agencia Tributaria puede llegar a los 300.000 euros. Además, si el contribuyente aporta documentación falsa con el fin de sacar beneficio económico, la multa oscila entre el 50 y el 100 % de la cuantía.

Otra circunstancia que puede darse es que el NIF (número de identificación fiscal) introducido al hacer la declaración sea erróneo. La sanción que puede conllevar en caso leve (si no hay nada más allá del mero error) es de 100 euros. Sin embargo, esta puede ascender a 1.000 o bastante más si se considera que hay ocultación de datos o motivación de entorpecer el trámite.

Cómo solventar errores de cálculo

Por otra parte, es posible que el borrador de la declaración esté incompleto o mal cuando vayamos a presentarlo, por ejemplo, por fallos de cálculo o no haber incluido todas las deducciones que nos correspondían. En estos casos es posible modificar el documento hasta el 30 de junio . Pasada esta fecha, también se puede corregir durante los cuatro años posteriores seleccionando la opción «Modificación de una declaración ya presentada».

Si el error hace perder dinero al contribuyente, lo más indicado es realizar una solicitud de «rectificación de autoliquidación» desde el borrador erróneo, así como marcar la casilla 127. Hacienda se encargará de devolver el pago de más con intereses si es el caso.

Del mismo modo, si dicho fallo hace ganar dinero al usuario, lo propio es realizar una declaración complementaria desde el expediente de Renta Web, marcando la casilla 27. El recargo que se habrá de pagar en estos casos será del 1 % y aumentará en el mismo porcentaje por cada mes de retraso a partir de un año después de la presentación de la declaración.

Simulador de la declaración de la renta

Todas aquellas personas que quieran saber si la declaración les sale a pagar o a devolver antes de rellenar y presentar el borrador de la misma tienen a su disposición el simulador no vinculante que ofrece la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) . Para utilizarlo no hace falta autentificar la identidad en ningún momento.

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