La nulidad de las cláusulas suelo cuestiona el papel de los notarios en las hipotecas

Algunos bancos plantean que se les exija algún tipo de responsabilidad y los fedatarios públicos reclaman mayor participación en la fase preliminar del contrato

MADRID Actualizado: Guardar
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Las sentencias judiciales sobre la nulidad de las cláusulas suelo de las hipotecas y las manifestaciones a favor de declararlas irregulares de forma generalizada y automática van a tener numerosos efectos secundarios. Casi con toda seguridad se encarecerá el crédito, ya se habla de la necesidad de una reforma del modelo hipotecario y se ha abierto un profundo debate en torno a la figura del notario y su papel en la formalización de los préstamos. Este asunto, advierten desde el sector financiero y fuentes jurídicas, ha puesto en duda desde la función notarial hasta, incluso, la fe pública.

«Se están tocando las bases del sistema», avisan desde uno de los bancos más afectados por la devolución de los cobrado de más con cláusulas suelo abusivas.

El Tribunal Supremo declaró en mayo de 2013 la nulidad de este tipo de interés mínimo en caso de falta de transparencia, es decir, cuando no se informase correctamente al cliente de su existencia.

En un auto aclaratorio posterior, el Alto Tribunal llega a decir que para que el consumidor entienda esa cláusula y sus efectos en el precio, no basta con «el cumplimiento de formalismos carentes de eficacia», y cita textualmente como tal la lectura del contrato hipotecario por el notario, que percibe en torno al 10% de los gastos de formación del préstamo. Sin embargo, la ley especifica que el contenido de los documentos que gozan de fe pública se consideran veraces e íntegros. Es decir, se estaría poniendo en entredicho esa garantía estatal.

De hecho, en algunos juicios por reclamación de cláusulas suelo el testimonio del fedatario público explicando que informó debidamente al cliente ha sido trascendental. Por ejemplo, la sección quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla falló en una causa por este sentido contra Unicaja que la cláusula era legal porque el notario «advirtió a los prestatarios tanto sobre el tipo de interés en el periodo inicial, el índice de referencia oficial y el límite a la variabilidad, especificando su derecho a desistir».

Sin margen legal

En este sentido, desde un grupo financiero argumentan que si se cuestiona esa fe pública, alguna culpa debería tener el notario. Así las cosas, desde ese banco admiten que en el sector hay entidades que plantean la necesidad de reclamar a los fedatarios alguna responsabilidad, incluso judicialmente. Otras fuentes del sector corroboran ese debate pero matizan que se trata de una guerra que difícilmente alguien va a iniciar.

Abogados consultados por ABC opinan también en que el asunto de las cláusulas suelo ha puesto en entredicho la función notarial de asesoramiento a los prestatarios cuando firman las escrituras, aunque advierten de su escaso margen legal para actuar de otra manera. «Los buenos notarios, al leer las escrituras, aconsejan a las partes y explican lo que están firmando», tal y como fijan la ley y el reglamente del Notariado, dicen frente a la acusación generalizada de que hacer una lectura rápida de la misma.

«Los notarios han cumplido con sus obligaciones de controlar que se cumpla la ley y de informar de la existencia en los préstamos de esas cláusulas y de su significado», defienden fuentes notariales, recordando que lo que no pueden hacer es declarar nula una cláusula abusiva, pues eso es tarea de los jueces.

Reforma hipotecaria

«Los notarios solo pueden, según la normativa vigente, controlar que no existan cláusulas abusivas declaradas como tal por una sentencia firme que deberá estar inscrita en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación», añaden. Notarios y entidades coinciden en señalar en que este problema acabará desembocando en una nueva pero integral reforma de la ley hipotecaria, a pesar de que como señala todo el sector ha funcionado perfectamente y ha favorecido de una manera trascendental el acceso a la vivienda en España. De hecho, la Comisión Europea viene reclamando una revisión en profundidad de la normativa, en lugar de ponerle parches a golpe de sentencias judiciales.

Al respecto, fuentes bancarias apuntan que si la intervención de los notarios ya no tiene validez, se debería ir hacia un contrato exclusivamente privado, sin pasar por el notario y el registro, como sucede en países como Reino Unido. En cambio, en el ámbito notarial lo que reclaman es una mayor intervención de los fedatarios públicos en la fase preliminar de la contratación del préstamo hipotecario, esto es, la fase en que el cliente acude al banco a solicitar el crédito y negocia las condiciones del mismo.

Los notarios consideran que para ello es necesario reformar las normas actualmente vigentes y que les impide reforzar su papel en esa etapa, algo que según el cuerpo es lo que también se emana de las sentencias recientes del Tribunal Supremo. En este sentido, una reivindicación del notariado es que España transponga la directiva comunitaria de crédito inmobiliario y que se aproveche para establecer una solución consensuada entre todas las partes involucradas en la materia.

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