El Gobierno aprueba un proyecto de ley para endurecer las sanciones a distribuidores de seguros

La norma prevé incrementar las multas hasta cinco millones de euros y aumentar la transparencia en la comercialización de productos

Méndez de Vigo, portavoz del Gobierno, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros EP

S. E.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros privados para dotar de mayor protección a los asegurados con un incremento de las normas de transparencia y conducta. Esta normativa, que surge a consecuencia de la necesidad de transponer una directiva europea, establece un aumento de las sanciones máximas por infracciones y persigue, además, establecer unas condiciones de competencia equitativa para los operadores del sector. Asimismo, la banca sufriría más limitaciones para colocar seguros vinculados a préstamos hipotecarios.

Entre las novedades se incluye que los distribuidores de seguros tendrían que informar al cliente de todos los costes y gastos asociados, además de sobre los riesgos de los productos de inversión basados en seguros. Más allá de ello, el Proyecto establece que se proporcione a los asegurados a una evolución periódica de la idoneidad del producto de inversión.

Según informa el Ministerio de Economía, con este proyecto se trata de reforzar la transparencia y las normas de conducta para la distribución de productos de inversión basados en seguros. De esta forma, la cartera de Román Escolano concluye que se evitarán conflictos de interés que puedan repercutir en el cliente.

El Gobierno busca reforzar las normas de transparencia y conducta para aumentar la protección a los asegurados

En cuanto a las sanciones por incumplimiento de las obligaciones de información y conducta, estas aumentarían hasta los cinco millones de euros . Concretamente, las personas jurídicas que comercialicen productos de seguro se enfrentarían a esa multa máxima, hasta el 5% del volumen de negocios anual total -si este supera los 100 millones- o hasta el doble del importe de los beneficios obtenidos o de las pérdidas evitadas con la infracción, en caso de que puedan determinarse. En relación a las personas físicas, la sanción sería de hasta 700.000 euros o de hasta el doble del importe de los beneficios obtenidos o de las pérdidas evitadas gracias a la infracción, en caso de que puedan determinarse.

De esta forma el Proyecto de Ley aumenta considerablemente las sanciones máximas ya que la multa tope por infracciones muy graves con la actual regulación era de 30.000 euros , mientras que para las infracciones graves se reducía a 15.000 euros .

En consecuencia, según informa Economía, se reforzarían los poderes de supervisión de las autoridades del Estado para mejorar la protección de los clientes .

Con esta normativa, también se verían afectadas las entidades bancarias ya que introduce los productos que se ofrecen conjuntamente con otros distintos, como en el caso de las hipotecas cuando la banca pone a disposición del cliente diferentes tipos de seguro. En consecuencia, el Proyecto prevé que el distribuidor de seguros deberá informar si los productos se pueden adquirir por separado y explicar al usuario que puede contratar dichos seguros con otras compañías.

Afectados

En total, va a afectar a más de 3.200 corredores de seguros y 77.000 agentes de seguros sujetos a la supervisión de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, a los sujetos a la supervisión de las comunidades autónomas y a todas las entidades de seguros que distribuyan seguros directamente.

Así, se pasa a considerar como distribuidores de seguros y reaseguros, más allá de los mediadores tradicionales (agentes y corredores), a las entidades aseguradoras y reaseguradoras; a los mediadores de seguros complementarios, entre los que se incluyen a los participantes en el mercado que distribuyen productos de seguros con carácter accesorio; y a los comparadores de seguros.

Por otro lado, el Proyecto de Ley refuerza los requisitos de profesionalidad y competencia de los mediadores de seguros y reaseguros para acceder a la actividad, así como de los empleados de entidades aseguradoras que intervengan en la distribución de seguros, de forma que sus conocimientos profesionales estén en consonancia con el nivel de complejidad y naturaleza de sus actividades.

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