El Gobierno aprueba multas millonarias por la venta irregular de seguros

La nueva ley de Distribución de Seguros obliga a las compañías a evaluar periódicamente la idoneidad de clientes y productos

La norma afecta a las compañías y a la venta a través de mediadores y sucursales bancarias FABIÁN SIMÓN
Moncho Veloso

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La comercialización de seguros, como la de productos bancarios, estará sujeta también a una mayor transparencia y control. El Consejo de Ministros ha dado luz verde este viernes al anteproyecto de ley de la nueva ley de Distribución de Seguros, que entre otras novedades obliga a las compañías aseguradoras informar al cliente de todos los costes, gastos y riesgos de los productos de inversión basados en seguros y a evaluar periódicamente su idoneidad para invertir en esos productos. Además, la norma endurece el régimen de sanciones e infracciones, contemplando multas millonarias por la venta irregular de pólizas.

En concreto, en caso de que la aseguradora incumpla las obligaciones de información y conducta durante la comercialización de productos de inversión basados en seguros, como los llamados «unlit linked» , la entidad se enfrentará a una multa de al cinco millones de euros o hasta el 5% del volumen de negocios anual total de la compañía, o hasta el doble del importe de los beneficios obtenidos o de las pérdidas evitadas con la infracción. Hasta ahora esta infracción se sanciona con multas de 30.000 a 150.000 euros.

La normativa no se refiere únicamente a las compañías de seguros, sino también a los mediadores (corredores de seguros y agentes exclusivos) y a los llamados comparadores de seguros «online» . La reforma de la ley, que lleva más de un año elaborándose y supone la adaptación al ordenamiento jurídico español de las nuevas normas europeas, «refuerza la protección del asegurado mediante obligaciones de transparencia y conducta para los distribuidores de seguros», según ha explicado el Ministerio de Economía. El anteproyecto debe ahora obtener los dictámenes correspondientes patra volver de nuevo al Consejo de Ministros, ser aprobado como proyecto de ley e iniciar la tramitación parlamentaria.

El deber de información al cliente incluido en la legislación obliga al distribuidor a informar al usuario de todos los costes y gastos asociados, incluidos el coste de asesoramiento, el coste del producto de inversión basado en seguros y la forma en que éste podrá pagarlo, así como cualquier pago relacionado con terceros. Además, el cliente debe ser informado cuando el contrato de seguro se le ofrezca conjuntamente con servicios o productos auxiliares, si esos distintos componentes pueden adquirirse separadamente y los correspondientes justificantes de los costes y gastos de cada componente.

Alianzas de bancaseguros sin límites

Además, deberá advertirle sobre los riesgos conexos al producto o a determinadas estrategias de inversión propuestas. En este sentido, la ley de Distribución de Seguros obliga también, como se ha impuesto a la banca, a elaborar test de idoneidad del cliente para corroborar que los productos que suscribe se adaptan a su perfil, e incluso a proporcionarle una evaluación periódica de la idoneidad del producto de inversión.

Otra de las grandes novedades de la ley es que suprimen la limitación impuesta en los últimos años a las alianzas entre bancos y aseguradoras para la distribución conjunta de pólizas. En concreto, y a raíz de la reforma de las cajas, se estableció que cada grupo bancario solo podía tener un acuerdo de bancaseguros con única aseguradora, lo que propició la ruptura millonaria de acuerdos como los de Bankia con Aviva y Catalunya Banc con Mapfre . Esa limitación se levanta.

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