Blablacar denuncia a España ante la Comisión Europea

La compañía señala que las sanciones de la Comunidad de Madrid suponen una vulneración de los derechos de la libre prestación de servicios y de la libertad de establecimiento

MADRID Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

Comuto, la compañía matriz de la red social de viajes de coche compartido Blablacar, ha denunciado a España ante la Secretaría General de la Comisión Europea por las «prácticas administrativas» llevadas a cabo por la Comunidad de Madrid, que sancionó el pasado mes de octubre a la firma de origen francés por ofrecer servicios de transporte público sin disponer del título habilitante necesario. En un comunicado, Blablacar señala que adopta esta medida puesto que «considera vulnerado su derecho a la libre prestación de servicios y su libertad de establecimiento dentro del territorio de la Unión Europea». La firma solicita, asimismo, al Ejecutivo comunitario que «adopte las medidas oportunas para evitar que la Comunidad de Madrid continúe con estas prácticas» y exige al Estado español que «clarifique la legislación aplicable a su actividad».

La Consejería de Transportes de dicha comunidad autónoma impuso, además, expedientes sancionadores a dos usuarios dados de alta en esta red social tras haber «constatado» que «el importe total cobrado» en «los trayectos realizados se excede del importe resultante de compartir los gastos del trayecto entre los diferentes viajeros». Ambos usuarios, según argumentó la Comunidad, disfrutaban, por tanto, de margen de beneficio. Ese aspecto lucrativo convertía, de este modo, sus desplazamientos en una oferta de transporte público y no en un mero servicio de coche compartido.

El grupo ha anunciado que las multas se encuentran recurridas en España por la vía administrativa y «en las posteriores instancias judiciales previstas en la ley española», por lo que «todavía no son firmes». Blablacar denuncia que el Gobierno autonómico exija que la compañía disponga de una autorización administrativa propia de los servicios de transporte y que pida a los dos conductores afectados un título para «la prestación de servicios profesionales». Ambos usuarios, especifica en el escrito, «hacen un uso particular de su vehículo». A ambos afectados les sería, además, «imposible obtenerla aunque quisieran».

Comuto concluye que las medidas resultan «contrarias a las leyes europeas» y «contrastan» con la posición de otros países de la UE. « En ningún país de la Unión Europea se requiere licencia ni a Blablacar ni a sus usuarios y, de hecho, el coche compartido se fomenta desde los gobiernos de países como Francia o Italia. Mientras, España es el primer país en el que se ha tratado de obstaculizar esta actividad», zanja.

Blablacar, como plataforma tecnológica, defiende que no ofrece servicios de transporte público y únicamente permite a sus usuarios que «se pongan en contacto para realizar desplazamientos compartiendo gastos, sin ánimo de lucro». Por tanto, según su argumentación, no se encuentra sujeta a la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre (LOTT) ni a las sanciones previstas en dicha normativa.

Jaime Rodríguez de Santiago-Concha, director general de BlaBlaCar España y Portugal, defiende que «compartir coche es igual de legal hoy que lo ha sido siempre», un derecho que la empresa «va a defender hasta el final». Y, por ello, agotará las vías administrativas y legales para evitar las sanciones impuestas.

Ver los comentarios