El aviso del SEPE a los mayores de 52 años que reciben el subsidio

Las personas que perciban la ayuda tendrán que aportar una serie de documentación al Ministerio

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Una oficina del SEPE Valerio Merino

ABC

El SEPE ha anunciado que las personas que reciban el subsidio para mayores de 52 años deben presentar la declaración de la renta junto con la documentación que lo acredite.

De este modo, si los ingresos no han superado el 75% del salario mínimo interprofesional se podrá tramitar de forma telemática en la sede del SEPE, siempre que se tenga un certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.

En el caso de no disponer estas claves de acceso online o en el supuesto de que se haya superado el importe se deberá presentar la declaración en una oficina, mediante cita previa.

El documento de la declaración de rentas se debe presentar cuando transcurran doce meses desde el nacimiento del derecho de la ayuda , o cada vez que transcurran doce nuevos meses desde la última reanudación. El plazo para poder presentarlo es de quince días hábiles . En el caso de que no se hiciera el pago se interrumpiría.

Esta ayuda cubre a las personas que han cotizado durante un mínimo de unos años y que ya pueden recibir una pensión contributiva de jubilación a lo largo de su carrera.

Los principales requisitos para recibir la ayuda para mayores de 52 años son estar en desempleo, no tener la condición de persona trabajadora fija discontinua, tener 52 años o más, haber agotado una prestación contributiva o un subsidio de desempleo .

Entre los supuestos también se pueden sumar los que hayan sido declarados con incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total para la profesión habitual.

Además, se tiene en cuenta que la persona haya cotizado 15 años, al menos dos de ellos en los últimos 15 previos a solicitar la ayuda y haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años en el Régimen General.

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