Los autónomos podrán deducir hasta 6.400 euros anuales en dietas en el IRPF

El importe deberá ser realizado en soporte telemático, en días laborales y en establecimientos de restauración y hostelería

La nueva Ley de autónomos incluye una batería de 20 medidas de apoyo al colectivo ABC
Susana Alcelay

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Un trabajador autónomo podrá deducir hasta 6.400 euros anuales en dietas de manutención en el IRPF con la nueva Ley de autónomos . Como ya informó ABC , los más de tres millones de trabajadores por cuenta propia podran deducirse en el IRPF los gastos de manutención afectos a la actividad por un importe máximo de 26,67 euros y 48 euros si el trabajo se realiza en el extranjero. Si bien se les exigirá que este importe se realice en soporte telemático y pueda ser comprobado de forma fehaciente a través de factura o sistemas indirectos de pago que tengan esta finalidad específica. Además, este gasto deberá producirse en días laborables y exclusivamente en establecimientos de restauración y hostelería.

Así, si un autónomo come fuera debido a su actividad 60 días al año, se podrá deducir hasta 1.600 euros. Si lo hace 120 días al año se deducirá hasta 4.800 euros y si lo hace 240 días al año se deducirá hasta 6.400 euros. «No solo se da certeza al autónomo a la hora de deducirse sus gastos, sino que se ha priorizado las deducciones que benefician a más autónomos y es evidente que lo harán», asegura Lorenzo Amor, presidente de ATA.

Deducción de gastos de suministro

El Ministerio de Hacienda ya ha aclarado las modificaciones que afectan a la deducibilidad de los gastos de suministros correspondientes a la parte de la vivienda que aquellos autónomos que trabajan desde casa utilizan para su actividad económica. Una medida que afecta a los consumos de agua, gas, electricidad, telefonía e internet.

El departamento que dirige Cristóbal Montoro puntualiza que, mientras que gastos propios de la titularidad de la vivienda como amortizaciones, IBI, comunidad de propietarios, etcétera, sí resultan deducibles en proporción a la parte de la vivienda destinada al desarrollo de la actividad y al porcentaje de titularidad en el inmueble que tiene el autónomo, los suministros, por su naturaleza, no admiten el mismo criterio de reparto , puesto que varían en función del consumo y, por lo tanto, el mismo se debe imputar a la actividad en proporción a la parte que quede acreditado que se destina a la actividad profesional.

La modificación introducida en la ley fija por tanto un porcentaje objetivo para calcular la parte de los gastos en suministros que se destinan a la actividad profesional , solventando así los problemas que se producen en la práctica a la hora de determinar los criterios para su cuantificación o los factores que la acreditan. Se trata del porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

El procedimiento para calcular el importe deducible de estos gastos se muestra a través del siguiente ejemplo:

- La vivienda habitual de un contribuyente tiene 100 m².

- El contribuyente afecta a la actividad económica que desarrolla 40 m².

- Los gastos anuales por suministros ascienden a 5.000 euros .

- Proporción de la vivienda habitual afecta: 40 m² / 100 m² = 40%

- Porcentaje de deducción = 30% x 40% = 12%

- Gastos deducibles : 5.000 euros x 12% = 600 euros

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